Aumento de las jubilaciones: 42 pesos por día

En los últimos días se anunció que a partir de septiembre tanto los haberes previsionales como las pensiones no contributivas y las asignaciones familiares aumentarán un 7,5% en septiembre. De este modo, el Haber Mínimo pasará de $16.864 a $18.129, es decir, un aumento de $1265, equivalente a $42 por día.  Compartimos el informe “Las Jubilaciones desde septiembre 2020: Un nuevo recorte vía suspensión de la fórmula de movilidad y aumentos por decreto”, elaborado por Agustina Haimovich, Javier Rameri y Claudio Lozano, integrantes del Instituto de Pensamiento y Políticas Públicas (IPyPP)

La suspensión de la fórmula de movilidad se justificó para priorizar los sectores más postergados y, sin embargo, los aumentos por decreto para el haber mínimo estuvieron por debajo de los que la ecuación hubiese permitido: el aumento de junio debía ser de 10,9% en lugar de 6,1% y el de septiembre un 9,9% en vez del 7,5%. El aumento acumulado desde el diciembre pasado a hoy fue del 28,9% cuando debía ser del 35,9%.

De esta manera la recuperación real del haber mínimo respecto del año pasado será de la mitad de lo estipulado (6% vs. 11,7%) y se ubica un 12,2% por debajo al nivel registrado al finalizar el 2017.

Conforme al diseño de la cuestionada fórmula suspendida que recortó en más de 20% los haberes desde su vigencia, este 2020 hubiera sido el primer año desde la aplicación de ésta en el cual la evolución de los haberes superaría a la inflación. Los aumentos discrecionales hasta el momento parecen poner en riesgo esta posibilidad.”

Enumeramos a continuación un conjunto de reflexiones vinculadas a esta cuestión:

  • En un contexto de pandemia donde las restricciones fiscales deberían pasar a un segundo plano, resulta incomprensible que el gobierno haya decidido aumentos tan magrospara el conjunto de los jubilados y sobre todo para con los que perciben la mínima. Esperamos que este gesto de austeridad para con las cuentas previsionales, no tenga por detrás una señal al FMI. Organismo, que sabemos, insiste una y otra vez con la necesidad de reducir el gasto en jubilaciones.
  • El aumento de septiembre es el tercer incremento que se aplica en el marco de la Ley de Solidaridad social y Reactivación productiva sancionada en diciembre, que suspendió la fórmula de movilidad, bajo el argumento de atender prioritariamente a los sectores de más bajos ingresos hasta tanto se instrumente una nueva fórmula. En esta ocasión, al igual que el aumento de junio (y a diferencia del aumento de marzo), se aplicará el mismo incremento al conjunto de haberes previsionales.
  • Al dirigir la mirada hacia lo ocurrido particularmente con el Haber Mínimo, teniendo en cuenta que aproximadamente dos tercios del total de beneficios previsionales se encuentran en este valor, se desprende que si bien en marzo éste tuvo un incremento levemente superior al que hubiera resultado de aplicarse la fórmula de movilidad (12,97% vs. 11,56%, respectivamente), lo cual se tradujo en que llegó a un monto $200 mayor al que hubiera alcanzado, a partir de allí esa situación se revirtió notablemente.
  • De hecho, de aplicarse la fórmula de movilidad, el aumento en junio hubiera sido de 10,9% (en lugar de 6,1%) y el aumento de septiembre hubiera sido de 9,9% (en lugar de 7,5%), llegando así a un haber mínimo de $19.123, es decir, $994 por encima de los $18.128,8 que efectivamente alcanzará. En este marco, el incremento nominal acumulado del haber mínimo a septiembre en relación con diciembre es del 28,9%, por debajo del 35,9% que habría aumentado de aplicarse la fórmula. 

Cuadro 1. Evolución nominal del Haber Mínimo. Comparación con aumento por fórmula. Diciembre 2019 a Septiembre 2020.

Mes A) Haber Mínimo Jubilatorio con suspensión de fórmula B) Haber Mínimo Jubilatorio con aplicación de fórmula Diferencia (A – B)
Monto Aumento Monto Aumento Monto Porcentaje
dic-19 $ 14.066,9 $ 14.066,9 $ 0,0 0,0%
mar-20 $ 15.891,5 13,0% $ 15.692,8 11,6% $ 198,7 1,3%
jun-20 $ 16.864,0 6,1% $ 17.403,4 10,9% -$ 539,4 -3,1%
sep-20 $ 18.128,8 7,5% $ 19.122,9 9,9% -$ 994,1 -5,2%
Acumulado dic-19 a sep-20 $ 4.061,9 28,9% $ 5.056,0 35,9%

Fuente: Elaboración propia en base a ANSES.

 

  • La insuficiencia de los últimos aumentos aplicados queda también reflejada en el hecho de que el haber mínimo solo cubre la tercera parte de la Canasta de la Tercera Edad.

Cuadro 2. Relación del haber mínimo con la Canasta Básica de la Tercera Edad.

Mes A) Haber Mínimo B) Canasta básica de la Tercera Edad Brecha
dic-19 $ 14.066,9 $ 40.697,0 -65,4%
mar-20 $ 15.891,5 $ 45.020,0 -64,7%
jun-20 $ 16.864,0 $ 47.439,7 -64,5%
sep-20 $ 18.128,9 $ 50.805,3 -64,3%

*El valor de la Canasta es una estimación propia teniendo en cuenta los valores publicados correspondientes a octubre 2019 y marzo 2020. El valor a septiembre se estimó con una proyección moderada de inflación de 2,5% mensual para agosto y septiembre.

Fuente: Elaboración propia en base a ANSES, Defensoría de la Tercera Edad e IPC-Nacional.

 

  • La dinámica experimentada por el Haber Mínimo es la menos rezagada dentro del conjunto de haberes previsionales. Si se contempla que la inflación proyectada para los primeros nueve meses de 2020 se encuentra en torno al 22%, resulta que solo los dos primeros tramos de haberes logran superar ese nivel con comodidad, mientras el tercer tramo avanza en sintonía con los precios y a medida que se asciende en la pirámide previsional empieza a observarse un claro rezago.

Cuadro 3. Impacto del aumento en Jubilaciones y Pensiones de marzo, junio y septiembre 2020 por tramos de haberes.

Tramos (Dic-19 a Feb-20) Beneficios (Jubilaciones y Pensiones Contributivas) Aumento Marzo 2020 (2,3% + $1500) Aumento Jun-2020 (6,12%) Aumento Sep-2020 (7,5%) Acumulado
Cantidad % $ % $ $
(1) $0 – $14.066,86 4.389.252 64,0% $ 1.823,5 12,96% $ 972,5 $ 1.264,7 28,9%
(2) $14.066,87 – $20.268,53 861.356 12,6% $ 1.894,9 11,04% $ 1.166,6 $ 1.517,2 26,7%
(3) $20.268,54 – $40.537,06 934.871 13,6% $ 2.199,3 7,23% $ 1.995,2 $ 2.594,8 22,3%
(4) $40.537,07 – $67.561,77 395.470 5,8% $ 2.743,1 5,08% $ 3.475,7 $ 4.520,1 19,9%
(5) $67.561,78 – $103.064 227.698 3,3% $ 3.462,2 4,06% $ 5.433,0 $ 7.065,6 18,7%
(6) Más de $103.064 47.816 0,7% $ 3.870,5 3,76% $ 6.544,4 $ 8.510,9 18,4%
Total 6.856.463 100,0% $ 2.005,5 11,1% $ 1.467,7 $ 1.908,7 26,8%

Referencias para el cálculo del aumento promedio por tramo: (1) $14.066,86 (haber mínimo) ; (2) $17.167,70 ; (3) $30.402,80 ; (4) $54.049,42 ; (5) $85.312,89 ; (6) $103.064,23 (haber máximo).

Para estimar el aumento total, se calculó un promedio ponderado de los aumentos por cada tramo.

Fuente: elaboración propia en base a datos del BESS y Anses.

  • El trato prioritario a los haberes más bajos efectuado en marzo excluyó a una franja de adultos mayores también vulnerables. Los haberes del tercer tramo tampoco llegan a cubrir el valor de la Canasta de la Tercera Edad y esta brecha se amplió a raíz de los bajos incrementos otorgados.
  • Si tomamos como haber de referencia el valor central del tercer tramo (en diciembre rondaba los $30.400), en el acumulado de los nueve meses, estos haberes aumentarán solo un 22,3%, es decir, 13,6 puntos porcentuales por debajo de lo que hubieran obtenido mediante la fórmula.
  • A su vez, teniendo en cuenta una proyección moderada de inflación de 2,5% mensual, el aumento de septiembre con suerte superará la inflación en 0,6 p.p. Si la inflación llega a ser mayor (por ejemplo, 3% mensual) se generará un nuevo recorte para este grupo ya vulnerable. Esta situación se agrava frente a la evolución en los precios de los alimentos: incluso con una proyección moderada, estos haberes verán un recorte en su poder de compra de al menos un 2% respecto a diciembre.

Cuadro 4. Evolución de los haberes del tramo 3 (según valor de referencia).

Mes Haber de referencia del tramo 3 Aumentos recibidos Aumentos según fórmula IPC con proyección del 2,5% para Agosto y Septiembre IPC con proyección del 3% para Agosto y Septiembre Canasta Básica de la Tercera Edad Brecha
dic-19  $    30.402,0 $ 40.697,0 -25,3%
mar-20  $    32.601,2 7,2% 11,6% 7,8% 7,8% $ 45.020,0 -27,6%
jun-20  $    34.596,4 6,1% 10,9% 5,4% 5,4% $ 47.439,7 -27,1%
sep-20  $    37.191,2 7,5% 9,9% 7,1% 8,1%
Acumulado dic-19 a sep-20  $       6.789,2 22,3% 35,9% 21,7% 22,8%

*El valor de la Canasta es una estimación propia teniendo en cuenta los valores publicados correspondientes a Octubre 2019 y Marzo 2020.

Fuente: Elaboración propia en base a ANSES, IPC-INDEC y Defensoría de la Tercera Edad.

  • El Haber Mínimo tendrá en septiembre una recuperación real no mayor al 6% con respecto a Diciembre (de haberse aplicado la fórmula, la mejora real sería del 11,7%), a la vez que aún será al menos un 12,2% inferior al nivel registrado al finalizar el 2017. Por otra parte, si tenemos en cuenta lo ocurrido con los precios de los Alimentos y Bebidas -que para quienes cobran la jubilación mínima tienen gran peso en los gastos- la situación se agrava: el poder de compra con suerte mejorará un 3,3% en los primeros nueve meses del año y se mantendrá un 16% por debajo del poder de compra con el que contaban hacia fines de 2017 (Gráfico 1).
  • Si tenemos en cuenta que, dada la evolución del RIPTE y el IPC, el próximo aumento que se habría aplicado según la fórmula para diciembre 2020 sería de 4,55%, el aumento nominal acumulado de los haberes habría alcanzado 42,1% al finalizar el año. Puesto que la inflación proyectada para este año ronda entre el 35% y el 39,5%, este hubiera sido el primer año desde la aplicación de esta fórmula, en el cual la evolución de los haberes superaría a la inflación. Esta recomposición del poder de compra resultaba por demás necesaria en un marco en el cual, entre noviembre 2017 y noviembre 2019 los haberes perdieron un 20,9% de su poder adquisitivo (explicado principalmente por el recorte experimentado en el año 2018). Así, cuando recién en 2020 los haberes podrían haberse recuperado entre un 2% y un 5% (según la proyección de inflación que se considere), se decidió en cambio suspender la fórmula y aplicar un nuevo recorte sobre los bolsillos de nuestros jubilados y jubiladas.

Gráfico 1. Evolución real del Haber Mínimo según IPC Nivel General y Alimentos y Bebidas.

evolucion haber minimo IPC a 09 2020

Nota: proyección de inflación de 2,5% mensual en agosto y septiembre.

Fuente: Elaboración propia en base a ANSES e IPC-INDEC.

Fuente: www.ipypp.org.ar; www.redeco.com.ar