Con Violencia Policial, no hay Salud Mental

El Programa del Sol emitió un comunicado de repudio hacia el accionar de las instituciones del Estado provincial que intervinieron en los casos de los jóvenes asesinados, Jonathan Romo y Ezequiel Castro. Con mucha preocupación, se preguntan: ¿qué hicieron con estos jóvenes las instituciones que debían cuidar de su salud? ¿Qué discursos circulan en torno a les consumidores de sustancias? El estar detenido, ¿anula derechos a la salud integral?

Por Redacción La tinta

Ezequiel Castro fue detenido el miércoles 8 de junio por la noche, cerca de su casa, en barrio Cerro Norte, por la Policía de Córdoba por intento de robo y trasladado a la Unidad de Contención del Aprendido (UCA). Para la familia, el joven solo estaba paseando con un amigo. Cuando lo trasladaron al Hospital Misericordia, pudo manifestar a quienes lo asistieron que lo estaban golpeando y que hacía dos días que no le daban agua. Falleció el 14 de junio. Tenía 21 años. La familia denunció que tenía múltiples golpes que le ocasionaron graves problemas renales y pidieron que se investigue el caso. Lorena Acuña, mamá de Ezequiel, contó que el pibe le dijo a los médicos “que lo habían golpeado mucho y que no lo dejaban volver”. “No le habían dado agua. Agua le tenían que haber dado a mi hijo para que se salve, nada más”, sostuvo Lorena.

El 10 de julio, vecinxs de La Falda pidieron la intervención de la Policía porque no podían contener a una persona con signos de padecimiento mental. Era Jonathan Romo, tenía 35 años, transitaba un consumo problemático de sustancias, fue golpeado y asfixiado por los efectivos que lo detuvieron, y falleció en la Comisaría. La autopsia determinó que perdió la vida como consecuencia de una “asfixia mecánica”, al tratarse de una “muerte violenta” generada por “terceros”. El fiscal Raúl Ramírez señaló, además, que en la necropsia se constataron “múltiples lesiones, escoriaciones, equimosis y otros elementos de lesiones internas”.

Seis efectivos de la Policía de Córdoba fueron detenidos por la muerte de Jonathan Romo, en la localidad cordobesa de La Falda. Cuatro de ellos fueron imputados por homicidio, en tanto que otros dos fueron acusados de encubrimiento. Al iniciarse la investigación del hecho, desplazaron de sus funciones al director de la Jefatura Departamental Punilla Norte, comisario inspector Diego Alejandro Bracamonte, quien, hasta hace unos meses, “se vanagloriaba de haber encontrado al femicida de Cecilia, certificando la confesión arrancada a Lucas Bustos, de la cual no existe ningún acta firmada por el acusado y solo existe el relato del personal policial”. Y pasaron a retiro al director general de Recursos Humanos, Formación Profesional y Entrenamiento Policial, comisario general Julio César Faría; y al director de Entrenamiento Profesional Permanente, comisario inspector Marcos Germán Manrique.

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(Imagen: Programa del Sol)

Conversamos con integrantes del Programa Sol –Centro de Prevención y Tratamiento para el Consumo de Drogas-, quienes emitieron un comunicado para expresar su repudio ante el accionar de las instituciones del Estado en estos dos casos y ayudarnos a pensar qué pasa en la realidad de nuestra provincia, en relación a los paradigmas y resistencias en torno a la salud mental. Se preguntan: “¿Es posible pensar el rol de la institución policial en estas situaciones desde el campo de los cuidados y no desde el campo del delito o de la prevención del delito? En el caso de Jonathan específicamente, son lxs vecinxs quienes llamaron a la policía porque no podían contenerlo. ¿Pero cómo acompañar sin formación? ¿Cómo desarmar modos violentos, punitivistas y criminalizantes de entender a la salud mental y a los consumos problemáticos?”.

De la coerción al cuidado: ¿es posible?

Dentro de las fuerzas de seguridad, existe un gran desconocimiento de la Ley de Salud Mental, de lo que implica la idea de riesgo cierto e inminente, de lo que es un padecimiento subjetivo, de lo que implica una crisis o emergencia en salud mental, explicaron desde el Programa del Sol y agregaron: “No se logra diferenciar cuándo una persona está en situación de crisis o emergencia, se desconoce qué observar, por lo tanto, la aplicación de la sujeción (como mínimo) es la única forma posible de acción”.

Más allá de la existencia de la Ley Nacional N° 26.657 de Salud Mental y Ley Provincial N° 9.848 de Salud Mental, en la actualidad coexisten dos paradigmas: uno manicomial, asilar y tutelar, y otro centrado en la protección de derechos de las personas con padecimientos subjetivos. “El paradigma manicomial continúa asociando las personas con padecimientos mentales o subjetivos a la idea de peligrosidad, generando estigmas, discriminación y barreras de acceso al sistema de salud integral, desde el cual se perpetúan y habilitan prácticas violentas y violatorias de derechos: si alguien es considerado como peligroso, entonces ‘se puede usar la fuerza para tranquilizarlo’. También habilita el encierro como estrategia para que no se dañe a sí mismo o a terceros, sin diagnóstico interdisciplinario y situacional como lo exige la ley”, detallaron lxs especialistas.

La idea de seguridad -en manos de las fuerzas policiales- entendida como la obligación de velar por el orden público y prevenir el delito, y si hubiera delito, castigarlo. Sobre el accionar de la policía en situaciones como la de Jonathan Romo y Ezequiel Castro, explicaron: “Son prácticas que tienen que ver con el disciplinamiento, la aplicación de la fuerza se fundamenta entonces en la necesidad de ‘velar por la seguridad de quien está atravesando una crisis o un padecimiento subjetivo, y la de su entorno’. En el caso de personas que consumen sustancias psicoactivas, a la idea de peligrosidad se le suma la de criminalidad, lo cual las ubica aún más fuera de la ley y les aleja más de la posibilidad de trato digno y del acceso al derecho a la salud, y pareciera que, en esos casos, el uso de la fuerza y la violencia institucional estaría más permitida”.

Nos cuentan desde el Programa, desde su amplia trayectoria de trabajo territorial en Córdoba, que efectivamente es la fuerza policial quien más presente está en la calle y en los barrios vulnerados y empobrecidos, ante la ausencia de otras políticas públicas de atención a urgencias en salud mental. Por lo tanto, es quien recibe, en todos los casos, los llamados frente a emergencias de violencias, conflictos vecinales, consumos, padecimientos subjetivos. ¿Pero qué tipo de formación tiene para atender estos casos?

Fuerzas policiales y marco legal vigente en Salud Mental

El Decreto 603/2013 de Salud Pública aprueba la reglamentación de la Ley Nacional de Salud Mental. En el artículo 20, se enuncia específicamente que: “Las Fuerzas de Seguridad que tomasen contacto con una situación de riesgo cierto e inminente para la persona o para terceros por presunto padecimiento mental deberán intervenir procurando evitar daños, dando parte inmediatamente y colaborando con el sistema de emergencias sanitarias que corresponda. La Autoridad de Aplicación en conjunto con el Ministerio de Seguridad elaborará protocolos de intervención y capacitación en base al criterio de evitar todo tipo de daños para sí o para terceros”.

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“Desde el año 2019, está vigente en la provincia de Córdoba el Acuerdo Reglamentario Serie A 1605/19: Guía de recomendaciones prácticas para la intervención de las fuerzas policiales ante situaciones de Riesgo Cierto e inminente. Que define conceptos centrales como salud mental, riesgo cierto e inminente, emergencia/urgencia en salud mental, padecimiento subjetivo, consumo problemático de sustancias, entre otros. Tiene como objetivo acercar pautas que permitan adecuar la función preventiva y de seguridad de la Policía, con los estándares fijados por la Ley de Salud Mental, pero a 12 años de promulgada dicha ley y dos años después de la aprobación de la mencionada Guía, las fuerzas policiales siguen actuando de forma violenta y violando derechos de las personas con padecimiento mental”, detallaron desde el Programa del Sol.

Y agregaron que, recién el pasado 16 de mayo, se anunció el inicio de una capacitación en ese sentido, a la que concurrieron directores de diversas dependencias policiales de la provincia. “¿Y el resto de la fuerza? ¿Cómo está pensada esa capacitación? ¿Con qué criterios se va a monitorear el accionar de la fuerza policial en situaciones como las mencionadas? Mientras las personas con padecimiento mental siguen muriendo en manos o bajo responsabilidad del personal policial: ¿qué más hace falta para que se adecúen a derecho? ¿Por qué la fuerza física sigue siendo el único modo de actuación posible? Nos alarma la naturalidad con la que, desde el Estado, se reconoce que se siguen incumpliendo, aun con una Ley de Salud Mental nacional, otra provincial y protocolos de actuación policial para el acompañamiento de personas con padecimientos subjetivos”, concluyeron con preocupación desde el Programa del Sol.

Imagen de portada: Marina Chena

Fuente: www.latinta.com.ar