El CUIL dejará de estar relacionado con un género específico

En los considerandos de la resolución, el Ministerio de Trabajo señala que “con el objetivo de impulsar relaciones de igualdad entre los géneros y la inclusión de las personas que no se encuentren contenidas en las categorías binarias de sexo/género se promueve la asignación de un prefijo del C.U.I.L. de carácter genérico, no binario, a partir de la vigencia de la presente norma”.

Establece entonces que a partir de la firma de la resolución 286, “El prefijo utilizado en la conformación de los nuevos números del Código Único de Identificación Laboral (C.U.I.L.) de las personas humanas, sea 20, 23, 24 o 27 o los que en el futuro se determinen, a partir de la vigencia de la presente, se asignará de forma aleatoria, siendo de carácter genérico y no binario en términos de sexo/género”.

Así, los organismos de la seguridad social y la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) deberán adecuar sus sistemas informáticos para que los números del CUIL no identifiquen género en su codificación.

Por otra parte, en su artículo 2,  establece también que “las personas a quienes se les hubiera asignado un número de C.U.I.L. con anterioridad a la vigencia de la presente, y que se encuentren amparadas por la Ley de Identidad de Género N° 26.743, podrán solicitar un nuevo número de C.U.I.L. por única vez, el que será otorgado conforme lo establecido en el artículo 1° de la presente”.

Fuente: www.enfoquesindical.org