La resolución, firmada por la jueza Moira Fullana, dio la razón a la acción de amparo iniciada por la FESPROSA y dio lugar a la medida cautelar que suspende provisoriamente la aplicación del artículo 3 del DNU 340/25 a los trabajadores y trabajadoras representadas por la Federación Sindical de Profesionales de la Salud de la República Argentina (FESPROSA-CTAA).
El martes, el Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo Nº3 dio lugar a la medida cautelar presentada por la FESPROSA, con el patrocinio de la Dra. Mercedes González.
La jueza Fullana consideró que correspondía la intervención del fuero laboral y que el artículo 3 del DNU 340 afecta gravemente el derecho a huelga consagrado por el artículo 14 bis de la Constitución Nacional.
La resolución de la Justicia a favor de FESPROSA-CTAA es un nuevo triunfo de los trabajadores y trabajadoras de la salud en la defensa de sus derechos y de la salud pública del país.
Fuente: www.prensafesprosa.blogspot.com