A favor de la Libertad de Prensa: Un fallo con perspectiva de género

La Justicia de Córdoba desestimó una demanda por calumnias e injurias contra La Marea Asociación Civil, medio de comunicación que había publicado en 2020 una nota sobre una víctima de Violencia de Género. La sentencia, que refuerza la protección de la libertad de expresión y el ejercicio del periodismo con perspectiva de género es celebrada por el Cispren, en virtud de destacar su importancia para garantizar el derecho a informar sin presiones judiciales.

En el año 2020, La Marea Noticias publicó una noticia que denunciaba una situación de acoso y agresiones basadas en el testimonio de una mujer, que daba cuenta de agresiones y acoso y no encontraba respuesta en la Justicia, escrita por la periodista Carina Ambrogi (foto de portada), integrante del medio de comunicación. Allí se denunciaba a un hombre que, en ese momento, era pastor de una iglesia evangélica y se postulaba como candidato a intendente, en la localidad de General Deheza, al sur de Córdoba.

Dos años más tarde, el medio de comunicación recibió una denuncia por calumnias e injurias con el «argumento de haber generado daños y perjuicios a su persona». La demanda fue presentada por el hombre mencionado en la publicación, quien exigía una indemnización de dos millones de pesos y una retractación pública.

La jueza María Laura Luque Videla resolvió desestimar la denuncia, al considerar que el reclamo representaba un intento de censura previa y reafirmó el derecho a la información. El Círculo Sindical de la Prensa y la Comunicación de Córdoba (Cispren-CTAA) celebró el fallo y destacó su relevancia para la protección del periodismo y el ejercicio de la profesión sin restricciones judiciales.

Imagen ilustrativa de https://www.lamareanoticias.com.ar/

Hace más de cuatro años, la trabajadora de prensa recibió el mensaje de una mujer que denunciaba violencia de género y falta de respuestas del sistema judicial. Como responsable del medio digital que fundó junto a su colega Romina, quien también era coordinadora del sitio, publicaba casos de esta índole para visibilizar problemáticas y generar conciencia.

“Las personas que nos escribían lo hacían con la esperanza de que la visibilización del caso rompiera con la inercia de un sistema que no les daba respuesta”, relató la comunicadora en un posteo que compartió en sus redes sociales y en el cual contó detalles del caso.

Tras corroborar toda la información a través de fuentes confiables, Ambrogi decidió publicar la nota. Dos años después, en 2022, recibió una notificación judicial por parte del involucrado en la noticia. Marcelo Araós  la denunció por calumnias e injurias. Además de ella, también fueron demandadas Romina y su hermana, quien figuraba como titular del dominio web.

Un proceso judicial desgastante

La redactora reconoció que enfrentar el litigio fue una experiencia compleja. “Creo que solamente quienes transitan estos procesos judiciales saben lo que padece el cuerpo”, sostuvo. Con el tiempo, el desgaste emocional la llevó a alejarse de la cobertura de temas de género.
“Dejar de publicar es una respuesta multicausal, no es solo por este juicio, es una medida de protección que tomé y que suelen adoptar quienes trabajan con temáticas de este tipo cuando el padecimiento es más fuerte que las recompensas”, explicó.

Un fallo clave para el periodismo

La jueza resolvió que la nota periodística no constituyó difamación, sino el ejercicio legítimo del derecho a la información. Destacó, además, la importancia de preservar la libertad de prensa, especialmente en coberturas vinculadas a violencia de género.

El abogado Ricardo Muñoz, a cargo de la defensa, argumentó que el caso se enmarca en los avances normativos sobre derechos de comunicación y equidad de género. En este sentido, la sentencia sienta un precedente fundamental para la protección del periodismo y el ejercicio libre de la profesión.

Muñoz señaló, en una nota publicada en el portal de la Marea, que el artículo periodístico reprochado “constituye el adecuado ejercicio del derecho de publicar informaciones de interés público y posibilitar que la ciudadanía pueda, por su parte, también ejercer el derecho a la información para una posterior formación de opinión pública sobre hechos lamentables que si bien hasta no hace mucho tiempo permanecían ocultos o invisibilizados”.

Portada del portal La Marea Noticias.

«Un triunfo para quienes rompen silencios»

Tras conocer el fallo, Ambrogi expresó su alivio y destacó la relevancia de la resolución. “Esta sentencia refuerza la convicción que siempre tuve: ejercí mi profesión con la intención de contribuir a romper con los pactos de silencio en casos de denuncias por violencia de género”, afirmó.

El Cispren respaldó a las periodistas desde el inicio del proceso y celebró la decisión judicial como una garantía para el libre ejercicio de la profesión.

Un mensaje de aliento

La comunicadora alentó a los colegas de prensa a continuar con la labor en esta temática y destacó la necesidad de redes de apoyo y compromiso social.“Espero que esta sentencia anime a muchas periodistas a seguir en el camino de un periodismo que rompa silencios y acompañe desde la plena convicción de que el cambio es posible cuando hay compromiso desde todos los sectores”, expresó.

También agradeció el apoyo de su compañero, el periodista Pablo Callejón, a quien definió como su sostén durante el proceso, y de sus testigos, haciendo hincapié en la solidaridad y el respaldo recibido en la defensa de la libertad de prensa.

La resolución llega en un contexto donde las demandas judiciales contra periodistas siguen siendo un mecanismo de intimidación. Sin embargo, este fallo refuerza el derecho a informar y el rol esencial de la comunicación en la construcción de una sociedad más equitativa.

Imágenes: Gentileza La Marea Noticias

Fuente: www.cispren.org.ar