DNU: “No existe lugar en el mundo donde liberen el zorro en el gallinero y haya sido beneficioso para la sociedad”

En una entrevista que dio este jueves a la mañana a la Radio FM 102.3, el abogado laboralista y asesor letrado de ATE Córdoba, Eugenio Biafore, explicó algunos de los alcances en materia laboral que conlleva la aplicación del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que informó el Presidente Javier Milei.

De ponerse en práctica, el DNU implica un ataque frontal y brutal de los derechos laborales individuales y colectivos, según explicó el letrado. A esto se suma la malsana intención de desfinanciar a las organizaciones sindicales, limitan en consecuencia su capacidad de representar a las y los trabajadores.

“No existe ningún lugar en el mundo donde liberen el zorro en el gallinero y haya funcionado como un beneficio para la sociedad. Se trata de una brutal transferencia de dinero a los sectores concentrados de la economía, basado además con un discurso ramplón y casi infantil se agota por sí mismo”, dijo Biafore.

“Además, agregó, borra toda una tradición histórica tanto en el derecho individual como el derecho colectivo que distingue a nuestro país en el mundo”.

En tal sentido, calificó como un escándalo la derogación las multas para aquel empleador que tenía trabajadores de manera irregular, o los denominados en ‘gris’ a los que se les camuflaba en su antigüedad o su salario y que tenían compensación al generarse su indemnización.

“También deroga los aportes que van al propio Estado Nacional. Es decir que no sólo desfinancia al trabajador sino al propio Sistema de Seguridad Social. Está claro que esta norma en todo lo que es tributario está prohibido que sea modificado por el DNU. De la misma forma que el Ejecutivo no puede intervenir por DNU en materia penal ni electoral” aseguró.

“De lo laboral, una parte muy importante es tributaria -todo lo que hace a aportes y contribuciones de la seguridad social- y otra es penal porque la ley castiga penalmente aquellos que evadan aportes con multas. Por eso nunca pudo modificarse con anterioridad sin contar con grandes mayorías en el congreso”, sentenció.

Derechos colectivos e individuales

Biafore describió cómo afecta el Decreto el derecho individual y colectivo de trabajo.

“En términos de derechos individuales, promueve el trabajo en negro porque deroga las multas sin generar ningún tipo de forma de control de esa modalidad de trabajo. El único significado que podemos interpretar es ‘háganlo’. Solo se pueden percibir las indemnizaciones por trabajo en negro solo cuando el juicio que así lo establece está firme, es decir nunca. Por eso lleva los cuatro años de juicio, más los cuatro de casación, más otros cuatro de recurso extraordinario. 12 años en términos prácticos”, señaló.

Y apuntó que sobre la Ley de Contrato de Trabajo se introduce una modificación crucial: “Quita la presunción de fraude (artículo 93) en aquellos trabajos camuflados bajo la figura de la prestación de servicios. Son los monotributistas que trabajan en una empresa, es una de las formas que degradaron el sistema laboral”.

Biafore, junto a Federico Giuliani, Secretario General de ATE Córdoba.

Además. extiende el período de prueba de 3 a 8 meses y deroga algunas leyes especiales como el Teletrabajo y el Trabajo Agrario, que por tratarse de actividades particulares tiene regímenes específicos.

En el análisis de otro punto de la afectación del Derecho Laboral, Biafore explicó que el DNU “promueve el despido de aquellos trabajadores que ingresaron el último año porque el patrón pasa de pagar de dos a un solo mes, sacando del cálculo indemnizatorio el aguinaldo o cualquier otro premio que se pague de forma no mensual. Esto castiga a aquellos trabajadores con menor antigüedad”.

Como en la dictadura

Y destacó como escandaloso “que se permita el despido discriminatorio sin poder ser revisado por un juez, cuando anteriormente los juzgados declaraban nulos esos despidos y se ordenaba la reinstalación del trabajador. Ahora solo se ordena pagar un 50% más de indemnización en el primer año, que es una cifra paupérrima. Con lo cual el estándar jurídico argentino retrocede a momentos que habíamos olvidado”.

En término de derechos colectivos, la norma “pone en juego la vigencia de los convenios colectivos al derogar el criterio de ultraactividad”.

Al mismo tiempo, el Decreto atenta contra el Derecho a Huelga ya que “prohíbe y vuelve causa objetiva de despido la obstrucción, el bloqueo o cualquier forma de daño. Si la interpretación es la de Bullrich, cualquiera podría ser despedido por reunirse en la puerta de la empresa. Esto además sanciona incluso hasta sacar la personería a los sindicatos que resuelvan el plan de lucha, reservando a la empresa la capacidad de hacerle juicio al sindicato. Estos eran textos de la dictadura donde se establecía despidos legales por ejercer un derecho constitucional como la huelga”, concluyó.

Fuente: www.atecordoba.org