El SIPETACO-CTAA pidió que se realicen inspecciones laborales a Uber, DiDi y Cabify y denuncia que hay “fraude laboral”

El Sindicato de Peones de Taxi de Córdoba (SIPETACO-CTAA) presentó este martes, ante la Secretaría de Trabajo de la Provincia, una denuncia por la existencia de relación de dependencia encubierta (fraude laboral), y evasión de aportes por parte de las empresas de transporte urbano de pasajeros Uber, Cabify y Didi. Las tres operan en Córdoba Capital a través de aplicaciones, según el sindicato no tienen domicilio comercial fijado en la ciudad, y forman parte del modelo económico de plataformas.

El secretario General del gremio, Héctor Miguel Arias, solicitó que “se realicen las inspecciones correspondientes, el registro de las relaciones laborales retroactivas de todos los conductores de estas plataformas electrónicas extranjeras en Córdoba Capital y también la aplicación de las multas correspondientes por la omisión de los aportes de cada conductor”.

La presentación, a la que accedió ENREDACCIÓN, se produce horas después de que el municipio abriera el registro de inscripción de las apps de transporte en la ciudad de Córdoba. Mientras que el 25 de noviembre se habilitará el sistema para que se anoten los choferes que, según la ordenanza reglamentaria aprobada por el Concejo Deliberante la semana anterior, parte de considerarlos, en los hechos, como emprendedores o prestadores de servicios -sin relación de dependencia- de las plataformas.

Se trata de la Ordenanza 13.549, que determina las condiciones de operación de lo que denomina Servicio Privado de Transporte a través de Plataformas Electrónicas. El texto establece para los “conductores o propietarios de los vehículos” de las empresas de aplicaciones de transporte registradas los siguientes requisitos: Presentar DNI, Licencia de Conducir Profesional Clase D1, póliza de cobertura de ART o Seguro de Accidentes Personales, certificado de antecedentes nacional y provincial sin causas ni condenas penales pendientes y certificado de no inscripción en el Registro Provincial de Personas Condenadas por Delitos contra la Integridad Sexual.

Por el contrario, el sindicato considera que los conductores de las plataformas deben ser inscriptos de acuerdo a la normativa laboral vigente y ser sujetos de los derechos laborales y previsionales. Por eso pide que la autoridad de aplicación (la Secretaría de Trabajo) haga cumplir la ley argentina a las empresas propietarias de las plataformas, que en todos los casos son extranjeras.

En la nota presentada por Arias se denuncia la existencia de “relación de dependencia encubierta, que es fraude laboral, y evasión de aportes por parte de las firmas Uber, Cabify y DiDi”. En ese sentido, recuerda que Uber está trabajando en Córdoba desde el año 2019 y por eso solicita que se establezca quiénes son los trabajadores que prestaron servicio desde ese momento, no solo en la actualidad.

También plantea como irregularidad que ninguna de las tres firmas extranjeras cuenta con domicilio comercial conocido en Córdoba Capital, a pesar de que desarrollan esta actividad en forma ilegal desde sus desembarcos.

Explica que “el conductor está sujeto a un poder de dirección y de sanción de la plataforma, usa herramientas provistas por ella, que es la aplicación o la app, y que sufre la agenidad de los riesgos económicos, por lo tanto, existe un ‘clear flow’ de labor al simularse una relación autónoma en donde existe, en realidad, una subordinación jurídica económica y técnica”.

También se cita la infracción a la normativa de la Ley de Contrato de Trabajo y apunta que al no registrar la relación laboral, las plataformas están en infracción en la carga de los aportes patronales, es decir, la jubilación, obra social, etcétera, y el pago del seguro de riesgo de trabajo, ART, por cada conductor, “generando un gigantesco fraude del sistema previsional y salud”.

Por otro lado, el gremio acompañó fallos judiciales, algunos de Argentina, que resuelven que los trabajadores de plataformas son personas que están en relación de dependencia. En ese sentido, se agregan antecedentes de Francia, en donde la justicia francesa establece que los conductores de Uber deben estar en relación de dependencia; de Uruguay, donde la justicia obliga a Uber a reconocer a un chofer como trabajador dependiente. Y también otra sentencia más que confirma la relación laboral entre choferes y Uber en Costa Rica. Es decir, no solamente de que en Argentina ya hay fallos judiciales que reconocen la relación de dependencia, y que no son trabajadores autónomos, sino que también hay otros países del mundo que lo hacen.

Cuántos choferes tendrían las apps en Córdoba

-Según Uber, habría 20000 choferes prestando servicio.

-DiDi también tendrían otros 20.000

-Cabify sumaría otros 5000.

Presentaciones judiciales

Cabe recordar que Héctor Miguel Arias (Secretario General del Sindicato de Peones de Taxi), un titular de licencia de taxi (Paulo Ferlauto), y un titular de licencia de remis (Daniel Quintero), presentaron una Acción Declrativa de Inconstitucionalidad contra la Ordenanza N°13549 ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJ).

También hay otras cuatro presentaciones judiciales en curso. Las presentaciones cuentan con el patrocinio jurídico de Jimena Vanelli y Carlos Emanuel Cafure.

Fuente: www.enredaccion.com.ar