En esta columna dedicada a los Pueblos Originarios, llamada Legado Ancestral y a cargo de Dalila Valdez, en esta oportunidad conversamos sobre la legislación nacional alrededor del Convenio 169 de Organización Internacional del Trabajo y la situación de la Comunidad Indígena Ancestral Las Tunas de Cosquín.
El mundo pospandemia ha acelerado los tiempos de la humanidad. ¿Cuál es la percepción que los Pueblos Originarios hacen del espacio – tiempo? Las luchas que se están dando en el territorio ancestral, y los métodos de resistencia nos lo ejemplifica el accionar que visibiliza la afectación de la Comunidad Las Tunas producto del paso de la Autovía de Punilla. “El trazado de la Autovía pasa por el medio de la Comunidad” inicia relatando Valdez. El no cumplimiento a la Consulta Libre, Previa e Informada (CPLI) forma parte del avasallamiento que practican todos los sectores involucrados e interesados en la ejecución de la obra.
Con la instalación de las empresas constructoras en pos del “progreso” el territorio ancestral se ve pisoteado por el paso incesante de las máquinas. “Como consecuencia no solamente tuvo el corte de las vertientes de agua, quitaron de ese espacio y de sus sitios sagrados pircas, digamos, arrasar y cortar. Atravesar un territorio sin el respeto ni siquiera de lo que es el marco legal que está reconocido a nivel nacional, que tiene que ver con la Consulta Libre Previa e Informada” dice la columnista. Es por ese motivo que se presentó una denuncia ante la Organización Internacional del Trabajo (OIT) ante el incumplimiento del Convenio 169.
¿Por qué esos terrenos pertenecen a la Comunidad de Las Tunas? Le preguntamos a la columnista: “En Cosquín existe una titulación comunitaria del año 1817 y esto fue presentado en la reciente denuncia. Y esta titulación comunitaria, que fue un año después de la declaración de la independencia de las Provincias Unidas del Río de la Plata, en donde se encontró en este documento que un conjunto de varias familias se pusieron de acuerdo y compraron más de 2 mil hectáreas, y se titularon a nivel comunitario. Que es algo raro e inédito acá en la Provincia de Córdoba. Y dice Pablo Reyna que eso permitió generar derechos comunitarios que no son reconocidos por el Estado. Entonces en este momento se encuentran un poco en esa búsqueda del reconocimiento a nivel provincial. Desde el ámbito de la disciplina histórica consiguieron hacer una reconstrucción de 450 años, y esto en las presentaciones judiciales, tiene validez histórica, y también tiene validez a nivel de ley”.
“Hay 10 Comunidades Indígenas en Córdoba que tienen el reconocimiento de la Personería Jurídica, pero todavía la Propiedad Comunitaria Indígena como ley es un proyecto de ley, que esta todavía en debate, cuál va a ser la instrumentación. A raíz de esto nació, la que lleva ya tres prorrogas, que es la Ley Nacional de Relevamiento Territorial. Entonces las Comunidades que ahora son reconocidas y que tienen la personería jurídica aún están en un proceso de relevamiento territorial. Hasta el año 2014 aproximadamente a nivel nacional se había conseguido hacer un 40% del relevamiento nacional. Todo esto nace a partir de la reforma constitucional del año 94`, en donde se incluye un artículo que es el Artículo 75 de la Constitución Nacional Inciso 17 que reconoce la Propiedad Comunitaria. De esto han pasado treinta años, el año que viene se cumplen treinta años. Y aún está tomada con pinzas lo que es la ley de emergencia territorial, porque aun la ley de Propiedad Comunitaria Indígena no se termina de instrumentar” indica la columnista.
La Ley Nacional 24.071 aprueba el Convenio 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales en países independientes, y a su vez también en la Declaración de Naciones Unidas sobre Pueblos Indígenas y en el Código Civil y Comercial de la Nación. Este marco jurídico es lo que terminaría de darle ese cierre a la ley para que se pueda empezar a reglamentar. Cosa que no viene sucediendo hasta el momento. Hace treinta años que la cuestión de reconocimiento territorial junto con el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) “está en reconocimiento de posesión, en el marco de ese relevamiento jurídico y catastral”. “Pero en sí no hay documentación que le permita a la Comunidad Indígena, que tiene todo el proceso de reconocimiento del Estado, no hay una documentación que le permita gozar de los títulos de propiedad” explica nuestra interlocutora.
Argentina tiene una telaraña jurídica, muchos expertos comentan que existen buenas leyes en la jurisprudencia nacional pero que no se aplican y/o reglamentan correctamente. Otros argumentan el carácter retrogrado de muchas leyes. Al respecto de esto, la columnista dice: “En el marco internacional Argentina es reconocida por todos los avances que tiene en materia de Derechos Humanos y todas las ratificaciones que ha hecho el país de estos convenios que también caminan hacia la diversidad y un mayor entendimiento. Pero en la parte interna, a la hora de reglamentar e implementar es donde vemos que en realidad se contradicen”.
“La Provincia de Córdoba dispone que se asegura la consulta y participación de la Comunidad Indígena de Cosquín, con la Mesa de Derechos Humanos, con el Consejo de Participación Indígena y con representantes de la Provincia y la empresa. Entonces se abre una mesa de diálogo donde la consulta y la participación va a ser como debería ser” precisa Dalila Valdez, y dejando entender que como sociedad en su conjunto estamos lejos de dimensionar el valor del patrimonio que tenemos en el territorio.
Fuente: www.radiopanamericana.com.ar