El Gobierno reglamentó el DNU que modifica las indemnizaciones por accidentes laborales

El Gobierno Nacional reglamentó el decreto de necesidad y urgencia que modifica las indemnizaciones por accidentes laborales, a pesar de los amparos y medidas judiciales que habían sido presentados en forma individual y colectiva.

Mediante una resolución publicada hoy en el Boletín Oficial, el Ejecutivo avanzó a través de la Superintendencia de Seguros de la Nación con la reglamentación del DNU 669/2019, que establece que para el cálculo de intereses de indemnizaciones se dejará de utilizar la tasa activa de los bancos y se usará el índice de Remuneraciones Imponibles Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) que mide la evolución de los salarios.

En septiembre, cuando el decreto fue publicado, desde el Colegio Público de Abogados de Capital Federal y particulares damnificados que estaban por obtener fallos favorables por indemnizaciones advirtieron que se aplicaría un incremento menor, ya que las tasas activas están por encima de los aumentos salariales promedio.

Uno de los fallos que inicialmente logró frenar la aplicación del DNU y el nuevo cálculo de intereses fue el dictado por el juez Alejandro Segura, del juzgado 41 del fuero laboral, a favor del periodista deportivo Tití Fernández. Segura remarcó que “este DNU solo tiende a regular un aspecto acotado de la realidad, digámoslo crudamente, la rentabilidad de las aseguradoras de riesgo de trabajo. Uno de los contenidos que pisotea es el carácter protectorio y progresivo de los derechos laborales en juego”.

Por su parte, desde el Colegio Público de Abogados de Capital Federal presentaron un amparo para declarar la nulidad por inconstitucionalidad de la medida del gobierno, explicando que no existieron circunstancias excepcionales que justifiquen el carácter de necesidad y urgencia de la medida.

Fuente: www.mundogremial.com