Exención del Impuesto a las Ganancias para Docentes Civiles de las FF.AA.

Los Representantes del Equipo Nacional de Docentes Civiles Sergio Zanón, Mercedes Guzmán, Mariana Calderón y Alejandro Charra, miembro de la Coordinación Nacional del Sectorial, asesorados por el Dr. Lucas Prieto, sostuvieron este viernes una reunión con los Directores Nacionales de Recursos Humanos y de Formación, el Director General de Política de Recursos Humanos y el Coordinador Nacional de Personal Civil del Ministerio de Defensa, Sr. Fabián Sánchez, Dr. Sergio Eisa, Dr. Facundo Zabala y Lic. Marcelo Palmieri respectivamente, para solicitar se evalúe la posibilidad de hacer extensiva tal eximición a los Docentes Civiles de las Fuerzas Armadas.

Cabe recordar que, si bien ATE no forma parte de dicha Mesa Paritaria, lo que en ella se resuelve tiene directo impacto sobre el salario de un Colectivo de Trabajadores de la Educación que desarrollan sus actividades dentro del Ámbito de las Fuerzas Armadas y por lo tanto son representados por ésta asociación, como por ejemplo la actualización de las sumas percibidas en concepto de Incentivo Docente y Conectividad Nacional.

Debido al estado público de los acuerdos alcanzados por los gremios en la Paritaria Nacional Docente en el pasado mes de febrero y su puesta en práctica en lo referido al punto octavo de la misma, se fija la desafectación los siguientes conceptos del pago del impuesto a las ganancias de la cuarta categoría: Adicionales por cargo o equivalentes inherentes a la función docente, Estado Docente, Promoción a la Calidad Educativa, Bonificaciones por Ruralidad, Zona Desfavorable, Niveles o Modalidades, por antecedentes, experiencia y Antigüedad, por Titulo, por Capacitación y Formación Docente, por Responsabilidad de Cargo o Función, Dedicaciones Funcionales (Función Diferenciada), Especiales, Diferenciadas, exclusivas, por estímulos e incentivos, Fondo Nacional de Incentivo Docente, por Conectividad Nacional, y programa nacional de Compensación Salarial Docente, Adicionales, complementos, o Bonos Vinculados a la Producción Pedagógica de Conocimiento de Enseñanza – Aprendizaje, incluido s los abonados a Directivos y Supervisores o Personal Jerárquico, Viáticos o Movilidades, y otras que tengan en cuenta la función específica Docente.

En principio, los funcionarios se mostraron abiertos a estudiar la posibilidad y a entender el pedido como un requerimiento razonablemente atendible, sobre todo existiendo como existe documentación respaldatoria de carácter oficial como es la Resolución 179/2023 de la Ministra de Trabajo Magister Raquel Cecilia Kismer y el dictamen correspondiente de la Subsecretaría de Ingresos Públicos Magister Claudia Balestrini. Por lo cual se espera que a la brevedad los compañeros y las compañeras se encuentren eximidos como el resto de los docentes de las diferentes jurisdicciones.

Fuente: www.atecordoba.org