Fallo vergonzoso contra los trabajadores

Por Jorge Pastorini*
Los jueces supremos, el negocio de las ART y un nuevo ataque a las personas trabajadoras.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación volvió a agredir los derechos de los trabajadores y trabajadoras que han sufrido enfermedades y accidentes de trabajo.
En un fallo (1) fechado el día 2 de septiembre de 2021, convalidó el perverso sistema creado por ley, para obligar a los trabajadores a concurrir a la instancia previa ante las comisiones médicas.
Las consecuencias de dicho fallo sobre la vida y la salud de los trabajadores y trabajadoras son nefastos y a largo plazo, sino se modifica la ley, generará un daño irreparable.
La Corte determinó la constitucionalidad del pago obligatorio, previo y excluyente por las comisiones médicas.
De tal forma se impide a los trabajadores y trabajadoras accidentados o que cursen alguna enfermedad profesional, concurrir ante el juez natural, que es el juez con competencia laboral, para atender y resolver la cuestión.
Ahí radica uno de los principales problemas del sistema de riesgos del trabajo, ya que vedado el accedo directo e irrestricto a la justicia, como cualquier ciudadano, la cuestión es atendida por un sistema administrativo no judicial.
Ese sistema, integrado por las comisiones médicas que funcionan bajo la órbita de la superintendencia de riesgos del trabajo, está financiado por las ART, quienes ejercen una fuerte influencia sobre los trámites, a fin que no haya prestaciones médicas y dinerarias en favor de la persona accidentada o enferma o sean lo más bajo posibles.
En definitiva un gran negocio financiero para las ART que ahora mediante el fallo de la Corte, ven confirmado y que claramente perjudica a las personas trabajadoras.
Una real vergüenza que arrancó con la sanción de la ley de riesgos del trabajo de 1995 bajo la presidente de un gobierno neoliberal y pseudo peronista, se agravó con la reforma introducida por el gobierno de Cristina Kirchner en 2012 en favor de los empleadores y con el claro objetivo de alejarlos de cualquier tipo de condena en sede judicial y se terminó de agravar por la reforma de la ley que implementó el gobierno de Mauricio Macri.
Ahora la Corte ratifica la constitucionalidad de un sistema que afecta gravemente los derechos de los trabajadores y trabajadoras.
En necesario que los sindicatos exijamos en forma urgente una reforma de la norma, a fin que los trabajadores y trabajadoras podamos optar entre transitar el sistema de las comisiones médicas o en forma directa, presentarnos ante el Juez laboral en procura de la protección de nuestros derechos.
No podemos convalidar el trato discriminatorio y debemos exigir un trato diferencial, con la vida y la salud de los trabajadores y trabajadoras no se juega y se accidentan o enferman, deben ser adecuadamente resarcidos.
Prevenir enfermedades y accidentes de trabajo y reparar los daños causados debe ser el principio que rija en las relaciones laborales y en nuestra legislación.
*Abogado Laboralista del Sindicato de Trabajadores de la Industria de la Construcción (SITRAIC-CTA)
(1) Fallo dictado en los autos “POGONZA, Joanathan Jesús c/ GALENO ART S.A. S/ ACCIDENTE – LEY ESPECIAL. Expte.. CNT 14604/2018/1/RH1