ATE advierte al Gobierno y a la Justicia sobre el fallo a jubilados

OPINIÓN

Por Hugo “Cachorro” Godoy*

“Los medios de comunicación están informando a la población que la Corte Suprema de Justicia de la Nación está por decidir un caso judicial, que de acuerdo a su resultado, podría impactar negativamente en las prestaciones provisionales que tienen derecho a cobrar miles de jubilados.

“El organismo previsional desde la sanción de la ley 24.241 (1994), en el período de la convertibilidad y, luego, a partir del 2002 aplicó mediante distintas resoluciones índices de actualización de las remuneraciones que limitaban en forma sustancial el cálculo del haber previsional inicial de los beneficiarios.

“Es por ello que la Corte en el fallo “Elliff” (2009) confirmó una sentencia de la Cámara Federal de la Seguridad Social, en virtud de la cual determinó que las remuneraciones en actividad de los trabajadores para el cálculo del haber jubilatorio inicial debían actualizarse conforme el ISBIC (índice del salario básico de la industria y la construcción) y descalificó las pautas aplicadas por Anses que no permitían mantener el nivel de vida de las personas. Esto permitió que miles de jubilados percibieran reajustes en su haberes razonables, manteniendo una relación con el sueldo en actividad al momento de jubilarse de alrededor del 60%.

“Desde esa fecha todas las sentencias firmes se cumplieron con la aplicación del citado índice, por otra parte, Anses no apeló durante casi ocho años a la Corte y consintió el fallo y la aplicación del índice confirmado en ELLIFF.

“En 2016 se sanciona la llamada “Ley de Reparación Histórica” que introdujo el índice del RIPTE que es el menos beneficioso para actualización de los haberes y pretende, no solo usarlo para el cálculo de los haberes de los jubilados que desisten de cualquier reclamo, sino en los casos.

“A partir de ese momento ANSES dictó resoluciones reglamentarias en virtud de las cuales el citado índice se aplica no solo a los que desistieron de los juicios sino que pretende se extienda a todos los jubilados con juicios, pendientes de sentencia firme.

“Es así, que empezó a presentar recursos contra las sentencias de Cámara, que aplicaban el fallo “Elliff”, para que la Corte revisara su criterio y aplicar el índice dispuesto por Anses.

“Si esto ocurriera la casi totalidad de los miles de jubilados con juicio o que los pretendan reclamar perderían entre un 40 o 50% de reajuste de su haber jubilatorio y, en la misma proporción, las diferencias adeudadas.

“Desde el punto de vista jurídico constitucional no hay duda que la Corte tendría que confirmar la sentencia apelada por ANSES y lo que ya dijo en el fallo “Elliff”.

“En caso contrario, aparte de generar una gran incertidumbre e inseguridad jurídica, estaría vulnerando principios constitucionales y convencionales que prohíben la regresividad en materia de derechos sociales.

“Pero estamos asistiendo a una presión nacional e internacional muy grande. No solo el Poder Ejecutivo sino también el FMI, que es quién dicta la política económica y social de nuestro país, pretenden alcanzar el déficit cero y el ajuste presupuestario con los gastos de la seguridad social y los salarios de los trabajadores.

En cumplimiento de esa política primero se dictó en 2016 la ley de Reparación Histórica que introdujo el RIPTE, luego la reforma previsional, en los últimos días de 2017, que desconoció la movilidad de la ley 26417 y ajustó la movilidad a la baja.

“La reunión del Presidente y dos de sus ministros con dos jueces de la Corte, publicitada por todos los medios de comunicación como el ámbito donde el gobierno iba a tratar de convencerlos de la necesidad de hacer lugar al reclamo de ANSES, se concretó la semana pasada. Nadie desmintió que se tratara el tema en el almuerzo, en este caso a las espaldas de los jubilados. El accionar del Poder Ejecutivo pone a la luz una forma actuación obscena, en donde los derechos de las personas más humildes son materia de negociación e intercambio.

“La Asociación de Trabajadores del Estado denuncia esta grave situación que se expresa en el accionar permanente del Ejecutivo a través de una forma de gobierno de excepción, “fuera del derecho” y del orden constitucional y reclama de la Justicia el cumplimiento de sus funciones en forma independiente e imparcial, tutelando los derechos de los ciudadanos y no las recomendaciones de un gobierno sujeto a los organismos financieros internacionales”.

*Secretario General de ATE  

Fuente: www.ate.org.ar