Causa Federal

Por Juan Carlos Giuliani*

Manuel Dorrego fue una figura ilustre del federalismo popular rioplatense que inaugurara el caudillo oriental José Gervasio Artigas, el “Protector de los Pueblos Libres”.

Destacado guerrero de la Independencia y declarado enemigo del centralismo porteño, un pelotón de fusilamiento unitario al mando de Lavalle lo acribilló de ocho tiros el 13 de diciembre de 1828. Partidario de un gobierno que preserve las autonomías provinciales, sufrió el destierro por su enfrentamiento con la élite porteña que gobernaba de espaldas a las provincias y mirando hacia Europa.

Se opuso a la Constitución Unitaria de 1826 y atacó sin concesiones la posición cipaya de su mentor, Rivadavia.

Su plan de gobierno incomodaba a las clases dominantes: Reducción de deuda pública enfrentando al capital financiero inglés; desmonopolización de los productos de necesidad básica y control de precios de productos como el pan; extensión de la frontera para aumentar la producción agrícola-ganadera; intento de confeccionar una Constitución federal con el apoyo de las provincias frente al centralismo porteño; defensa de la integridad del territorio nacional. Su figura, despreciada por la historia oficial, se agiganta en la memoria del pueblo.

Al referirse a la Constitución de Rivadavia, Dorrego afirma: “Forja una aristocracia, la más terrible porque es la aristocracia del dinero. Échese la vista sobre nuestro país pobre, véase qué proporción hay entre domésticos asalariados y jornaleros y las demás clases del Estado. (…) Entonces sí que sería fácil influir en las elecciones, porque no es fácil influir en la generalidad de la masa, pero sí en una corta porción de capitalistas”.

El artículo 6º del proyecto rivadaviano negaba el derecho de voto en las elecciones a los menores de veinte años, a los
analfabetos, a los deudores fallidos, deudores del tesoro público, dementes, notoriamente vagos, criminales con pena corporal o infamante y además, a los “domésticos a sueldo, jornaleros y soldados”.

Dorrego defendió el derecho a voto de los criados a sueldo, peones jornaleros y soldados de línea: “¿Es posible esto en un país republicano? ¿Es posible que los asalariados sean buenos para lo que es penoso y odioso en la sociedad, pero que no puedan tomar parte en las elecciones?”.

Una y otra vez retorna, como el viento, un debate que subsiste desde nuestros orígenes como Nación: ¿Federalismo o
Unitarismo?

Más allá de los rótulos Argentina es un país unitario. Las provincias viven relegadas por el centralismo porteño. La Ciudad Autónoma de Buenos Aires es la más rica del país. Y profundamente desigual: Una familia de la zona norte tiene, en promedio, un ingreso per cápita 120% superior al de un hogar de la zona sur. El poder real que gobierna la Nación tiene su asiento en las 20 manzanas que rodean la Casa Rosada. La Causa Federal no pasa del discurso de ocasión.

La disputa por la apropiación de las rentas fiscales, particularmente las generadas por la Aduana de Buenos Aires, es una de las claves para entender el antagonismo entre dos proyectos de país, contradicción que se ha profundizado dramáticamente a partir del avasallamiento llevado adelante contra los derechos del país interior por el Gobierno de Javier Milei.

La Coparticipación Federal de los impuestos nacionales entre la Nación y las Provincias recién se estableció en 1935. Este régimen fue sometido a revisión en distintos momentos. En 1973 se aprobó la Ley 20.221 que unifica los diversos sistemas vigentes y se establece para la distribución entre provincias un método basado en el principio de posibilitar la igualdad de trato de todos los habitantes del país. En el período 1973/75 se incrementa la coparticipación automática a favor de las provincias, alcanzando durante 1975 al 52,4 por ciento de la recaudación total de impuestos nacionales.

En los años de la dictadura se reduce drásticamente la participación provincial que, en 1982, se ubica en el 32 por ciento. Como la entonces vigente Ley de Coparticipación caducó a fines de 1984, nuestro país careció de una ley específica entre 1985 y 1987.

La última Ley de Coparticipación de enero de 1988 que preveía el 57% de los ingresos nacionales para distribuir entre las provincias nunca se cumplió; por el contrario, la Nación se fue apropiando de un porcentaje cada vez mayor.

A pesar de ello, las provincias se hicieron cargo de la Educación y de la Salud, servicios que requieren crecientes recursos, a la vez que vieron debilitada su base tributaria por tener que competir con los impuestos a las exportaciones, que no se coparticipan.

La Reforma Constitucional fruto del espurio Pacto de Olivos en 1994, estableció en su artículo 75 que corresponde al Congreso Nacional aprobar una ley que asegure a las provincias “la automaticidad en las remesas de los impuestos coparticipados”. Ese mandato constitucional continúa incumplido, mientras se acrecienta la concentración de los recursos en manos del Tesoro Nacional en desmedro de los estados provinciales.

Argentina necesita urgentemente una Ley de Coparticipación Federal que garantice el bienestar popular, incentive la integración nacional y promueva un nuevo modelo productivo integralmente sustentable. Y este propósito no se alcanzará mientras el país no rompa con el FMI y derogue la Ley de Entidades Financieras de Martínez de Hoz y la Ley de Inversiones Extranjeras.

*Periodista. Escritor. Congresal Nacional de la CTA-A en representación de la provincia de Córdoba