“Las organizaciones firmantes expresamos nuestro más enérgico repudio ante el grave ataque a la libertad de expresión y al derecho a la información pública registrado en la localidad de Tanti, a partir de la sanción de la Ordenanza N.º 1542/25, titulada ‘Políticas de filmación en sesiones públicas’.
“Dicha Ordenanza, aprobada por el Concejo Deliberante de Tanti, establece restricciones arbitrarias a la filmación, registro y difusión de las sesiones legislativas, vulnerando principios básicos del sistema democrático y violando garantías constitucionales que protegen la libertad de expresión, la prohibición de la censura previa y el acceso ciudadano a los actos de gobierno.
“Esta normativa interviene de manera directa en la labor periodística, impidiendo que periodistas y medios decidan de forma autónoma qué hechos son noticiables, cómo deben ser contextualizados y qué fragmentos resultan relevantes para el interés público. Se trata de un intento inadmisible de condicionar la mirada crítica sobre los actos de los representantes electos.
“La gravedad institucional del hecho se ve agravada por el uso intimidatorio de la Ordenanza, cuando su autora, la concejala Rosario Álvarez, recurrió a esta norma para enviar una carta documento a la periodista Cristina Coudray (foto), de 79 años de edad, responsable del medio local ‘Aprendamos a Sumar’, amenazándola con acciones penales y civiles por difundir fragmentos de una sesión pública. Este accionar constituye un claro mecanismo de amedrentamiento que busca disciplinar no solo a una trabajadora de prensa, sino al conjunto del periodismo y de la comunidad.
“Advertimos que esta Ordenanza no afecta únicamente a periodistas y medios de comunicación, sino que extiende la censura previa a cualquier ciudadano o ciudadana que desee registrar y difundir imágenes de sesiones que, por definición, son públicas y pertenecen al pueblo.
“Recordamos que la censura previa está expresamente prohibida por la Constitución Nacional y por los tratados internacionales de Derechos Humanos con jerarquía constitucional. Ningún órgano del Estado puede arrogarse la facultad de autorizar, condicionar o sancionar la difusión de información sobre sus propios actos.
“Cuando un cuerpo legislativo regula la cobertura de sus sesiones y amenaza judicialmente a periodistas, se aparta de los principios republicanos y democráticos, exhibiendo una preocupante deriva autoritaria a nivel local.
“Por todo lo expuesto, exigimos la inmediata derogación de la Ordenanza N.º 1542/25, el cese de todo tipo de hostigamiento hacia periodistas y medios locales, y el pleno respeto a la libertad de expresión y al derecho a la información pública.
“La democracia se fortalece con más transparencia, más participación y más libertad de prensa, nunca con censura ni persecución”, concluye la declaración firmada por la CTA Autónoma Punilla, el Círculo Sindical de la Prensa y la Comunicación (Cispren-CTAA) Punilla y la CTA Autónoma Córdoba.