La impunidad de Joe Lewis: Historia de un robo

Por Alejandro Olmos Gaona*

Aunque la justicia no debería inclinarse a favor de los privilegiados, la realidad muestra que los que detentan el poder económico siempre se ven favorecidos por la impunidad con la que actúan. Llama la atención que ciertos actos ilegales, donde personas en situación de pobreza ocupan un espacio público para tratar de sobrevivir penosamente sean resueltas rápidamente y otras se dilaten eternamente y no se resuelvan nunca debido a la influencia económica del que los comete. Podría citar muchos ejemplos al respecto, pero quiero referirme a uno emblemático por el descomunal poder del delincuente en cuestión, que se llama Joe Lewis y es la séptima fortuna más grande del Reino Unido. Lo hago porque además he intervenido en esas actuaciones, denuncié al gobierno de Macri, y las conozco exhaustivamente.

Yendo a los hechos:

El 19 junio del año 1996 el Dr. Lisandro Allende solicitó en su carácter de Presidente de H.R. Properties Buenos Aires S.A. la autorización para la adquisición de tierras a la Comisión Nacional de Zonas de Seguridad. La referida sociedad se había constituido el 19 de junio de 1994 en la Capital Federal e inscrito casi un mes después en la Inspección General de Justicia, siendo accionistas por partes iguales Alfredo Rovira y Miguel Gesuiti. De manera inusualmente veloz, el 2 de julio tal solicitud obtuvo dictamen favorable de la Subdirectora y el Director de la Unidad de Proyectos de Radicación, debido a que la sociedad peticionante era una persona jurídica argentina, con un presidente argentino, siendo autorizada finalmente por el Presidente de la Comisión Nacional de Zonas de Seguridad. El trámite se completó el 22 de agosto, cuando la Unidad de Proyectos de Radicación, confirmó la autorización concedida, con relación a una mayor superficie del terreno a adquirir, que de conformidad con el plano definitivo era de 8.063 hectáreas.

Aunque la presentación había sido hecha a nombre de la referida empresa, un mes antes, el 5 de mayo, Properties Buenos Aires S.A. se había convertido en HIDDEN LAKE S.A. cuyas 11.999 acciones estaban en poder de una sociedad británica denominada Lago Corp. Representada por Alfredo Rovira y Charles Barrington Lewis con una acción, quien es ciudadano inglés. Esta sociedad con nombre distinto realizó la escritura de la propiedad a su favor, inscribiéndola en el Registro de la Propiedad de Río Negro, y donde se consigna que la misma se encuentra en zona de seguridad de fronteras. Es decir, se autorizó a una sociedad y se inscribió a nombre de otra.

Cuando Allende inició el trámite para obtener la aprobación de la Comisión Nacional de Zonas de Seguridad, lo hizo a sabiendas que la sociedad se había modificado, estando constituida por capitales extranjeros, falseando los datos suministrados a la autoridad pública. De esta manera se celebró una escritura en clara infracción a las disposiciones del Decreto Ley 15.385/44, ratificado por la Ley 12.913, ya que la norma citada creó en todo el territorio argentino zonas de seguridad destinadas a reforzar las previsiones territoriales de la Defensa Nacional, que corresponden a espacios geográficos que presentan un valor estratégico para la defensa de la integridad territorial de la Nación.

La norma establece que ningún extranjero puede tener propiedades en zonas de frontera, excepto que esté casado con una argentina, tenga hijos argentinos y viva permanentemente en el lugar con un proyecto a desarrollar aquí.

En este caso, no se daba ninguna de las circunstancias fijadas en las normas legales ya que ninguno de los integrantes de la sociedad extranjera Hidden Lake S.A, estaban casados con mujeres argentinas, ni tenían hijos argentinos, ni tampoco se establecían con una empresa o industria de importancia para la economía del país. Era solamente una sociedad británica que compraba tierras en zonas vedadas a los nativos de esa nacionalidad, y en una evidente infracción a la ley. Pero además obtenida a través de una maniobra claramente fraudulenta, disfrazando de nacional a lo que era una sociedad integrada por personas físicas y jurídicas extranjeras.

Continuando con la maniobra ilegal, en el mes de septiembre el ciudadano británico Charles Barrington Lewis, se presentó en representación de los intereses de Hidden Lake S.A. solicitando ante la Comisión de Zonas de Seguridad, mediante un trámite abreviado, dos autorizaciones adicionales para la aprobación de la compra de 2760 hectáreas más en la misma zona de seguridad de fronteras. Manifestó que la sociedad no había variado la composición de su Directorio, ni la integración de su capital social. Esto era cierto en ese momento, pero el detalle fundamental, es que como mencionáramos anteriormente la sociedad había cambiado su capital social, que era distinto a los declarados en el momento de pedir la primera autorización para la compra de las tierras.

El 10 de diciembre, Charles Barrington Lewis, uno de los socios de Hidden Lake informa a la Superintendencia Nacional de Fronteras- Comisión Nacional de Zonas de Seguridad que el 29 de agosto había sido modificado el Directorio y el quedaba como único director. En virtud de ello y a pesar de los antecedentes existentes de la modificación societaria el 13 de diciembre se autorizó finalmente la compra.

Mediante tales artimañas jurídicas en la que intervinieron importantes abogados y funcionarios públicos al comprar una enorme estancia una en la provincia de Río Negro, se apropió del Lago Escondido, un lago de origen glaciar, que fue cercado, no permitiéndose el acceso al mismo por ningún particular. A pesar de esa flagrante violación de la legalidad, se hicieron numerosas acciones a los efectos de obtener, por lo menos una servidumbre de paso, que permitiera a los habitantes del lugar acceder a esa propiedad pública, habiéndose obtenido una sentencia favorable del Superior Tribunal de Justicia de Rio Negro, que Lewis nunca respetó, poniendo todas las trabas posibles para que no se pudiera acceder al Lago-

Después de años Lewis se burló de las protestas del pueblo de Río Negro, construyó en otro campo una enorme pista de aterrizaje, haciendo lo que quiso en el predio comprado. Ningún funcionario del gobierno nacional cuestionó la ilegalidad de sus acciones siguiendo con la posesión y usufructo de la estancia

Debido a una prolija investigación, y a que los antecedentes mostraban la violación de la ley en la compra de las tierras, a través de una maniobra fraudulenta, el Ministerio Público Fiscal efectuó una denuncia el 2 de noviembre de 2012, haciendo presente que la maniobra no podría haber sido realizada, sino a través de un plan concertado entre los controlantes de la sociedad beneficiada y los funcionarios públicos que intervinieron en el trámite, a través de una operación engañosa llevada a cabo por los ciudadanos extranjeros y aquellos que tenían la obligación de defender la integridad territorial de la Nación.

A pesar del tiempo transcurrido, el Juez en lo Criminal y Correccional Federal Rodolfo Canicoba Corral recién llamó a indagatoria a los involucrados en el fraude, en el mes de diciembre del año 2015, estando para esa fecha supuestamente prescripta la acción penal, como lo estableció el fallo de la Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal el 30 de marzo del año 2017

.Ahora bien, en ningún caso la prescripción de la acción penal, impedía considerar que la escritura traslativa de dominio había sido realizada en fraude a la Ley, y en consecuencia debía ser objeto de una acción de nulidad de la misma, ya que conforme lo establecía el art. 386 del Código Civil vigente “Son de nulidad absoluta los actos que contravienen el orden público, la moral y las buenas costumbres…” y tal nulidad no puede sanearse por la confirmación del acto o por la prescripción como lo indica el art. 387 del citado Código.

Debido a los hechos relatados, tomé conocimiento que la Procuraduría de Investigaciones Administrativas pidió al Procurador del Tesoro de la Nación, Dr. Carlos Balbín que interviniera a los efectos de alguna acción respecto a las irregularidades en la compra de tierras por parte del británico Lewis y la sociedad Hidden Lake S.A. El 7 de octubre de 2016, el Dr. Balbín, habiendo analizado los antecedentes, remitió el expediente al Ministro del Interior, Lic. Rogelio Frigerio, a los fines que se iniciaran las causas judiciales para declarar nula la autorización a la compra de tierras por parte de los accionistas británicos, ya que la Comisión que había autorizado la operación dependía de ese ministerio.

A través de la documentación que en fotocopias certificadas me hizo llegar el Procurador de Investigaciones Administrativas, Santiago Eyherabide accedí a la nota enviada por Balbín al Ministro Frigerio donde le informaba que que: “De los registros de esta Procuración del Tesoro no consta el inicio de una acción de lesividad relacionada con “Lago Escondido”, sin perjuicio de que oportunamente los antecedentes se habrían puesto en conocimiento del Ministerio de Defensa y del Ministerio del Interior, conforme a lo señalado en el informe de la Fiscalía de Investigaciones Administrativas de fecha 12 de octubre de 2012 incorporado a las presentes actuaciones”, solicitándole además que “una vez iniciada la pertinente acción se remitan los respectivos antecedentes a esta Procuración del Tesoro”.

El Ministerio del Interior ya tenía conocimiento desde octubre del 2012 sobre el fraude originario en la adquisición de las tierras por parte de la empresa británica Ante la nota del Procurador Balbín, el Subdirector de Asuntos Jurídicos del Ministerio del Interior estimó que el fraude estaba probado, sin embargo dado el tiempo transcurrido el Ministerio comunicó al Procurador del Tesoro en marzo de 2018, lo innecesario de la acción de lesividad, debido a la existencia de una causa penal, la que tramitaba en el Juzgado en lo Criminal y Correccional Nº 6, Secretaría Nº 11.

Al respecto el artículo 4º del Decreto 32.530 a determinado que “Los actos jurídicos referentes a derechos comprendidos en el artículo 1º y que se celebren ante funcionarios públicos no serán reconocidos si no hubieran obtenido la autorización de la Comisión Nacional de Zonas de Seguridad”. No obstante ello, y a pesar del conocimiento que tuvo el Ministro del Interior sobre las circunstancias ilegales que rodearon la compra de tierras por la parte de la sociedad británica, se decidió convalidar el fraude, no realizando ninguna de las acciones tendientes a obtener la nulidad de la escritura, todo lo cual determinó que denunciara al ministro Frigerio en la justicia federal, en una causa que como tantas contra funcionarios del macrismo, peregrinaron sin resultado por Comodoro Py. Me acompañaron en la denuncia el Senador Pino Solanas y el Dr. Enrique Viale.

A pesar del fraude claramente explicitado, el ex presidente Macri defendió a su amigo Lewis, cuestionando las imputaciones efectuadas en la justicia y el diario “La Nación” el 17 de enero del año 2018, hizo mención a que el Presidente visitó al empresario en su estancia existente en las tierras adquiridas ilegalmente cuando la causa penal se encontraba en pleno trámite. El título era elocuente • Mauricio Macri defendió a Joe Lewis, el millonario inglés propietario de Lago Escondido”. Por su parte, Clarín tituló: Macri se alojó en la casa de un millonario polémico.

El desprecio de Macri por el ordenamiento jurídico se ponía en evidencia, al defender al imputado de un delito, y aún más alojarse en la estancia, cuya compra había dado origen a la causa penal. Resultaba obvio que Macri no podía ignorar la existencia de la acusación penal, y la abundancia de pruebas existentes en la misma, debido a que dada la amistad existente sabría que la causa tenía varios años, y que lo único opuesto al progreso de la misma, había sido la solicitud de prescripción por el mero transcurso del tiempo y no por la inexistencia del delito, lo que quedó suficientemente probado.

El entrerriano Ministro Frigerio, en conocimiento de los hechos, y ante la remisión de un expediente donde constaba todo el procedimiento, debería haber adoptado los recaudos pertinentes para iniciar las acciones que en derecho correspondían. No lo hizo a sabiendas de que estaba convalidando un acto ilegal, y las excusas planteadas por el Ministerio del Interior al Procurador del Tesoro, resultaban no solo insostenibles, sino mostraban el poco apego al orden institucional por los funcionarios macristas.

En una nueva nota dirigida a la Procuración del Tesoro con fecha 5 de mayo de 2017 el Procurador de Investigaciones Administrativas sostuvo que “ ante actos nulos de nulidad absoluta e insanable cabe a la Administración el deber ético de restablecer sin dilaciones la juridicidad comprometida por este tipo de actos, por cuanto carecen de la estabilidad propia de que si gozan los actos emitidos conforme a derecho, pues la estabilidad del acto administrativo cede ante los vicios que lo afectan, razón por la cual no deben hacerse valer derechos adquiridos, ni cosa juzgada, ni la estabilidad de los actos administrativos firmes y consentidos, en la inteligencia que su juridicidad prevalece sobre la voluntad viciada que afecta el interés general” Por otra parte la declaración judicial de la nulidad del acto, permitiría la revocación del acto escriturario, o en su defecto la pretensión de la Administración de obligar a Hidden Lake S.A. a vender la propiedad, debido a que no puede seguir teniendo la misma en razón de la nacionalidad que tienen sus accionistas.

Denuncié penalmente al ministro Frigerio, y me presenté en la causa mostrando la impunidad de Lewis y la complicidad del Poder Ejecutivo en este acto no solo de ilegalidad, sino de usurpación de una propiedad pública.

Debido a la firme posición del Procurador Balbín en este caso y en el caso del Correo Argentino, se le pidió la renuncia en marzo de 2018 y fue sustituído por un amigo de Macri, Bernardo Saravia Frías, que jamás adoptó decisión alguna, congelando cualquier procedimiento, no contestando requerimientos que se le hicieron desde el Senado de la Nación.

A pesar de la declaración de prescripción, la Cámara de Casación Penal  en diciembre del 2017 revocó el fallo de la Cámara Federal que había sobreseído a Lewis, y ordenó que el Juzgado Federal 6 dictara un nuevo pronunciamiento. Se volvió a dictar un nuevo pronunciamiento declarado prescripta la causa, y a pesar de las sucesivas apelaciones la Camara Federal de Casación penal en una nueva integración, dejó firme el sobreseimiento definitivo en el año 2021. Sin perjuicio de las investigaciones penales, ni la Procuración del Tesoro, ni el Ministerio del Interior, hicieron trámite alguno para anular la compra ilegal hasta el día de hoy.

En el año 2020, en medio de la pandemia, le hice llegar al Procurador del Tesoro, Dr. Carlos Zannini, una extensa presentación denunciando los hechos, a los efectos de que se iniciaran las acciones correspondientes, sin que se me contestara nada a excepción de acusar recibo de la misma. Ante mi insistencia, la respuesta fue que no se tenían instrucciones de la Presidencia de la Nación para proceder en consecuencia, olvidando que en estos caso el Procurador puede actuar de oficio.

El resultado final es que Lewis sigue cómodamente en su propiedad, realizando acciones intimidatorias a los que pretende acercarse a Lago Escondido, habiendo llegado al extremo de amenazarlos con armas de grueso calibre. Las artimañas de este ocupante ilegal le permiten seguir violando la ley y a pesar de las contundentes evidencias, la justicia se rinde ante la prepotencia de este sujeto, que se burla de ella, mostrando como los que manejan el poder económico, siempre consiguen lo que quieren, y no hay funcionarios que lo cuestionen, jueces que ordenes desalojos, y grandes medios que cuestiones a estos flagrantes delitos.

*Historiador. Investigador especializado en la Deuda Externa argentina y el concepto de Deuda Odiosa. Colaborador de las revistas Todo es Historia, Le Monde Diplomatique y América XXI. Publicó La biblioteca jesuítica de Asunción (2006), La deuda odiosa, una doctrina jurídica para la solución política (2005), Bolívar en el pensamiento argentino (1987). Como colaborador de la Comisión Bicameral investigadora, su trabajo contribuyó al libro La deuda ilegítima (Claudio Lozano, Autonomía, Red Editorial, 2019)

Fuente: www.agenciapacourondo.com.ar; www.rebelion.org