En un dictamen, suscripto por el fiscal General Adjunto Pablo Bustos Fierro, el Ministerio Público Fiscal estableció que Uber no encuadraría en la regulación y marco legal municipal vigente que regula el servicio público de autos de alquiler con chofer.
Además, sostienen que “si eventualmente el Estado municipal considerara la posibilidad de catalogar a la actividad que realiza Uber como actividad privada de interés público, mediante el dictado de una ordenanza, podría intervenir regulando cuestiones mínimas que hacen al orden público en materia de higiene, salubridad, calidad, seguridad o idoneidad, como cualquier otra actividad privada”.
Aunque aseguraron que estas cuestiones son “ajenas al control judicial, ya que son facultades privativas de otro órgano de gobierno y cuya facultad legislativa ya fue ejercida sobre la temática de los autos de alquiler con chofer mediante la Ordenanza Municipal Nro. 12.859 del año 2018”.
Un proceso judicial con un amparo del Municipio
El dictamen del MPF se da en el marco de un proceso judicial iniciado con una acción de amparo promovida por la Municipalidad de Córdoba en contra de Uber. Con el amparo, buscaban que los asociados de la app Uber no la utilicen y no realizan viajes en vehículos con chofer en la ciudad de Córdoba.
Luego de este proceso, el MPF dictó una medida cautelar primero y ordenó a la Municipalidad a adoptar medidas para reglamentar la situación del servicio de Uber. En contra de dicha segunda resolución, la Municipalidad de Córdoba interpuso un recurso de apelación.
Ahora, el MPF sostiene que la Municipalidad de Córdoba ya sancionó una Ordenanza que establece el marco regulatorio para el servicio público de autos de alquiler con chofer dentro de la ciudad de Córdoba con auto taxi, auto taxi para personas con discapacidad, auto remis, auto remis para personas con discapacidad y auto de alquiler de lujo.
Asimismo, considera la fiscalía general que por la ordenanza 13.994, “la Municipalidad de Córdoba sancionó una normativa que fija sanciones económicas a los conductores que transporten pasajeros con viajes concertados a través de aplicaciones, agencias o centrales no habilitadas, como es el caso de Uber”.
Fuente: www.lmdiario.com.ar