Un nuevo fallo benefició a Doña Jovita en la batalla legal contra un periodista

Los magistrados enfatizaron el derecho constitucional a la libertad de expresión y la defensa del bien común, afirmando que ambas partes en el caso son figuras públicas cuyas opiniones están sujetas al escrutinio público.

En una sentencia reciente, la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Córdoba sobreseyó este miércoles a Andrés Carpio (ex periodista del medio Cadena 3) en la demanda de daños y perjuicios interpuesta contra José L. Serrano (Doña Jovita).

El drama legal se originó tras una multitudinaria marcha para proteger el ambiente por la deforestación en Córdoba, donde se reclamaba contra la ley de ordenamiento territorial de los bosques nativos.

Fue allí que “Doña Jovita”, criticó al periodista en su programa por haber brindado información falsa y mentir a su audiencia durante un reportaje. Sin mediar palabras, el periodista Andrés Carpio, demandó a Serrano-Doña Jovita por «calumnias e injurias».

En la audiencia, se analizaron los términos como «mentiroso» y «terrorista» utilizados por Doña Jovita, y estipularon que la información falsa del reportero tuvo una base razonable para la crítica. En este marco, el humorista no aceptó ninguna responsabilidad.

De este modo, los magistrados han enfatizado la importancia del debate y la crítica por parte de los personajes públicos, un accionar que fortalece el sistema democrático.

En esta misma línea, el abogado defensor de Doña Jovita, Dr. Darío Ávila, hizo hincapié en que la protección de los bienes ambientales comunes, incluidos los bosques, el aire y el agua, no puede ser limitada por el escrutinio económico o judicial, porque la protección de estos bienes es un derecho fundamental de todos los ciudadanos.

Además, el letrado señalo que “quedó eficazmente demostrado a lo largo de todo el proceso que el periodista había mentido. No solamente en cuanto al nivel de participación de la ciudadanía en esa marcha, porque había dicho que habrían participado apenas 300 personas y se pudo demostrar conforme a la evidencia reunida en el proceso que habían asistido más personas a la marcha”.

Según resolvió la Cámara Segunda de Apelaciones en lo Civil Comercial, Carpio deberá afrontar las costas y los costos de este proceso.

Finalmente, Ávila enfatizó en que “los líderes que defienden los derechos humanos en temas ambientales están protegidos por la ley”.

Fuente: www.hoydia.com.ar