En estos días, la Asamblea General de la ONU produjo un hecho histórico, aprobó una resolución que califica la trata transatlántica de esclavos y la esclavitud racializada de africanos como “el crimen de lesa humanidad más grave” de la historia. Argentina votó en contra, con EEUU e Israel.
Por Jesús Chirino*
También es cosa nuestra
La trata de esclavos es algo que nos toca de cerca a quienes vivimos en esta zona, pues por el Camino Real pasaron miles de seres humanos esclavizados que fueron traídos desde África. Las tierras en las cuales se asientan Villa Nueva, Villa María y otras localidades de la zona en algún momento fueron propiedad de tratantes de esclavos. En este mismo espacio de elDiario escribí acerca de los africanos en la estancia de Yucat, los asientos en los libros de la iglesia católica donde figuran nacimientos y defunciones de esclavos africanos en la zona.
También debemos recordar que en el lugar donde actualmente se encuentra el Parque Hipólito Yrigoyen, de Villa Nueva, existieron viviendas de personas africanas. Y, en esa misma localidad, en 1846, se organizó el escuadrón de Blandengues, integrado solo por hombres afroamericanos. Quien desee profundizar acerca de este tema puede remitirse, entre otras fuentes, a los escritos del profesor Luciano Pereyra. También están los libros de viajeros que narran sus encuentros con africanos en la zona. La presencia de personas esclavizadas, traídas desde África, ha sido importante en la zona, como también su descendencia, aunque no siempre se reconozca ese origen a raíz de la carga impuesta por la discriminación, que aún perdura.
Sistema de explotación criminal
Alex Borucki, académico de la Universidad de California, calcula que, entre inicios del siglo XVI y 1866, se esclavizaron y trajeron más de 11 millones de personas desde África a América. Por el puerto de Buenos Aires ingresaron miles de seres humanos esclavizados que se vendían al mejor postor. Ahora, la ONU, a partir de la presentación realizada por una coalición de 60 países, dictaminó que ese sistema de explotación, que se prolongó durante más de cuatro siglos, constituye un crimen de lesa humanidad y que sus consecuencias continúan afectando a millones de personas en el mundo. La resolución señala que la trata es “la injusticia más inhumana y duradera contra la humanidad” debido a “su magnitud, duración, carácter sistémico, brutalidad y consecuencias duraderas que siguen estructurando la vida de todas las personas a través de regímenes racializados de trabajo, propiedad y capital”.
El mismo documento señala que la instauración de este sistema no tenía antecedentes históricos, pues fue “el primer régimen mundial que codificó a los seres humanos y a sus descendientes como propiedad hereditaria, enajenable y perpetua”, convirtió “la reproducción humana en un mecanismo de acumulación de capital” e institucionalizó “la jerarquía racial como principio rector del orden político y económico internacional”.
El poder suele hacer legal lo más repudiable
En uno de los puntos importantes de la resolución se mencionan aquellos instrumentos legales que legitimaron esta atrocidad. Así refiere las bulas papales de 1452 y 1455 que autorizaban la reducción de africanos a “esclavitud perpetua”; el Código de Esclavos de Barbados, de 1661; el Código Negro francés, de 1685, que definía jurídicamente a los africanos esclavizados como “bienes muebles”; el principio legal de partus sequitur ventrem (“lo que nace sigue al vientre”), adoptado en Virginia, en 1662, que estableció que la condición de esclavo se heredaba biológicamente a través de las madres africanas.
También se reconoce el “carácter excepcionalmente generizado” de la trata, que sometía sistemáticamente a las mujeres y niñas africanas a “violencia sexual, reproducción forzada, servidumbre doméstica y formas de explotación específicas por razón de género” y denuncia al referido principio de “partus sequitur ventrem” como un mecanismo que vulneraba sus derechos reproductivos y las sometía “a la reproducción forzada para generar mano de obra esclava”.
Tropepi señaló, acerca del voto negativo, que “la Argentina está en contra de calificar a la esclavitud como el delito de lesa humanidad más grave de la historia, dejando otros por fuera”. La resolución terminó siendo apoyada por 123 votos a favor. La aprobación de la misma coincide con el 25º aniversario de la Declaración y Programa de Acción de Durban.
Declaración y programa de Durban
En septiembre de 2001, en Sudáfrica, la ONU adoptó la Declaración y Programa de Acción de Durban para combatir el racismo, la xenofobia y la intolerancia a nivel mundial. Es un marco integral que busca promover la igualdad y proteger a las víctimas de discriminación. En el inicio de ese escrito se rescata una cita de otro documento: “Tolerancia y Diversidad: una visión para el siglo XXI”, que dice: “Lo que anhelamos para todo hombre, mujer y niño es una existencia en la cual el ejercicio de las dotes individuales y los derechos personales quede confirmado por una solidaridad dinámica de nuestra pertenencia a esa sola familia que constituye la humanidad”.
Esta declaración fue resultado de los estudios y debates presentados ante la Conferencia Mundial contra el Racismo, la Discriminación Racial, la Xenofobia y las Formas Conexas de Intolerancia, desarrollada en Durban. Esta declaración y programa fructificaron en numerosas políticas relacionadas a la temática en diferentes países, teniendo en cuenta las especificidades de cada lugar. Se fomentó la toma de medidas que atendieran a las características de los diferentes grupos o poblaciones que se ven afectadas por la discriminación e intolerancia, como son el caso de las comunidades indígenas y afrodescendientes, los migrantes, los refugiados y los desplazados internos, las mujeres y los niños, así como otros grupos vulnerables a este tipo de agresiones.
La nueva declaración de la ONU establece que “los delitos relacionados con la trata de africanos esclavizados y la esclavitud racializada de africanos no están sujetos a prescripción”, en consonancia con un principio fundamental presente en todas las tradiciones jurídicas y morales africanas: “Los delitos no prescriben”. También señala que los Estados son responsables de los hechos internacionalmente ilícitos y tienen la obligación de reparar íntegramente el perjuicio causado, exhortándolos a entablar “un diálogo inclusivo y de buena fe en materia de justicia reparadora”, que incluya: una disculpa plena y formal, medidas de restitución, indemnización, rehabilitación y satisfacción; garantías de no repetición, modificaciones de leyes, programas y servicios para combatir el racismo y la discriminación sistémica.
Cuando se lee en contexto el voto negativo de la diplomacia argentina, bajo el Gobierno de Milei, surgen algunos interrogantes que pueden ayudar a entender el razonamiento subyacente en esa conducta. Es claro que estamos viviendo una realidad sociopolítica que cada día muestra mayor violencia en lo discursivo y en otras prácticas, donde las más altas autoridades usan y legitiman el insulto, la agresión y la discriminación como herramientas contra sectores o individuos vulnerables. Si desde lo más alto del Poder Ejecutivo y desde puestos legislativos se trata de maneras denigrantes a jubilados, a personas con alguna discapacidad, a trabajadores y trabajadoras que reclaman, a opositores políticos y un largo etcétera, surge una pregunta: ¿existe espacio para que desde este Gobierno se decida considerar un crimen de lesa humanidad la trata de personas?
Cuando se lee la resolución de la ONU se nota que no solo se condena el pasado, sino también sus consecuencias actuales y se apela al compromiso para que no se esclavice en un futuro.
Este tipo de declaración está en disidencia con algunas argumentaciones manejadas en la aprobación de la ley, mal llamada de modernización laboral, donde se plantea el retiro de obligaciones de las patronales y la pérdida de derechos por parte de los trabajadores y trabajadoras.
*Docente. Periodista. Secretario Gremial de la CTA Autónoma Regional Villa María
Ilustración: Raúl Olcelli
Fuente: www.eldiariocba.com.ar