A 80 años de la sanción del Estatuto del Peón

Un día como hoy, el 10 de octubre del año 1944, el por entonces Coronel Perón, a la sazón Secretario de Trabajo y Previsión, suscribe el Decreto N° 28.169 que sanciona el Estatuto del Peón de Campo. Esta normativa fue la primera en fijar condiciones de trabajo humanitarias para los trabajadores rurales, entre las que se incluían salarios mínimos, descanso dominical, vacaciones pagas, estabilidad laboral y condiciones de higiene y alojamiento.

La reglamentación de los derechos y obligaciones del trabajo agrario cruzan como pocos la historia reciente de nuestro país y formaron parte desde un inicio de aquellas reivindicaciones de los trabajadores convertidas en realidad efectiva por parte del peronismo.

Desde mediados del Siglo XIX en el campo argentino fue donde se vivió la desigualdad social y económica del modelo liberal al extremo: de un lado los ricos latifundistas actores centrales de la oligarquía agropecuaria y pro exportadora, del otro trabajadores viviendo en la extrema miseria, explotados casi al nivel de la esclavitud.

Una de las medidas revolucionarias de Juan Domingo Perón siendo Secretario de Trabajo y Previsión en el año 1944 fue promover la aprobación del Estatuto del Peón de Campo que por primera vez garantiza derechos básicos como horario de trabajo y descansos, condiciones del trabajo, higiene laboral, asistencia médica y farmacéutica, vacaciones pagas e indemnizaciones por despido. Además, al establecer el instituto del Convenio Colectivo de Trabajo, propicia la creación de organizaciones sindicales las cuales hasta ese momento eran pequeñas y muy débiles. De ese modo, se crea en 1947 la Federación Argentina de Trabajadores Rurales y Estibadores, antecedente directo de la actual UATRE (Unión Argentina de Trabajadores Rurales y Estibadores).

El Estatuto del Peón de Campo es resistido por todos las patronales agropecuarias y tal resistencia es parte del proceso que finaliza en la caída de Juan Domingo Perón en el año 1945. Pero luego del triunfo electoral, el Estatuto del Peón de Campo es aprobado a través del Congreso Nacional, mediante la Ley 19.221, en 1947.

La dictadura militar, finalmente en el año 1980 deroga el Estatuto del Peón de Campo y crea un Régimen de Trabajo Agrario Ley 22.248, eliminando derechos centrales y discriminando nuevamente al trabajador rural del resto de los trabajadores ya amparados por la Ley de Contrato de Trabajo aprobada en septiembre de 1974, bajo otro gobierno peronista.

Una de las deudas de la democracia era reemplazar el Régimen de Trabajo Agrario creado por la Dictadura Militar, lo que ocurrió recién en 2011.

Este Nuevo Régimen de Trabajo Agrario establece, por ejemplo:

–          Jornada laboral de 8 horas.

–          Licencias parentales (15 días) y por maternidad (90 días).

–          Descanso semanal a partir de las 13 horas del día sábado.

–          Horas extras.

–          Jardines maternales.

–          Se prohíbe el trabajo para menores de 16 años (trabajo infantil).

–          Se eliminan los períodos de prueba.

–          Se reduce la edadad jubilatoria a 57 años.

–          Las remuneraciones se fijarán vía Consejo Nacional de Trabajo Agrario y nunca podrán ser inferiores al Salario Mínimo Vital y Móvil.

–          Prohíbe el pago en especias, establece fechas y lugares de pago.