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EPEC debió reincorporar a tres dirigentes sindicales a los que había despedido ilegalmente

Publicado by CTA Autónoma Córdobaen marzo 4, 2020marzo 3, 2020
Por Fabián García

Este martes volvieron a sus puestos de trabajo un dirigente sindical de Luz y Fuerza de Córdoba y dos delegados gremiales de la Empresa Provincial de Energía de Córdoba (EPEC). Se trata de Cristian Luis Uguolini (vocal titular), Luis Eduardo Calderón (delegado), y Juan Domingo Altamirano (delegado). Así lo informaron a este medio fuentes sindicales.

La razón por la que debieron ser repuestos en sus lugares de trabajo en la EPEC es porque la Justicia dispuso “la concesión del recurso de apelación con efecto suspensivo” en relación al retiro de la tutela sindical dispuesta en primera instancia. Como se sabe, existen instancias de apelación de las resoluciones judiciales que no dejan firmes las sentencias hasta que se expide la última de ellas. Eso es lo que sucedió en los tres casos. El juez Santiago Moreno Douglas Price resolvió en los hechos de Uguoloni y Altamirano y el juez Carlos Eduardo Moroni, en el de Calderón.

Se asienta esta resolución en el artículo 365 del Código Procesal Civil de la Provincia de Córdoba, que establece lo siguiente: “El recurso será concedido con efecto suspensivo -es decir, no puede aplicarse el fallo hasta tanto quede firme- (…)”.

Los tres sindicalistas -Uguolini, Calderon y Altamirano- cuentan con el patrocinio jurídico del abogado laboralista Carlos Vicente. Cabe recordar que las causas para remover la tutela sindical fueron iniciadas como represalia por EPEC luego de los incidentes ocurridos el 1 de junio de 2018, en la sede del Ministerio de Trabajo de la provincia, cuando debían reunirse los tres gremios con actuación en la provincia y EPEC, para tratar de destrabar un conflicto por violación a una serie de normas del Convenio Colectivo de Trabajo.

Primero, la empresa eléctrica procedió a despedirlos antes de que la Justicia les retirara la tutela sindical y vedó a partir de ese momento que los gremialistas ingresaran a sus puestos de trabajo, aunque les pagaba el sueldo; tampoco los dejó entrar en su condición de dirigentes durante un paro de la CGT contra la política del gobierno de Mauricio Macri en 2019; y el 2 de enero de este año, luego del fallo de primera instancia ocurrido en diciembre de 2019, procedió a hacer efectiva la cesantía.

Luis Giovine, presidente de EPEC.

Dentro de este contexto, cabe resaltar que la actividad sindical está protegida por la Ley de Asociaciones Sindicales. Así, delegados y dirigentes tienen protección o tutela sindical con el fin de evitar, justamente, acciones de amedrentamiento o coacción o despidos ilegales por parte de las empresas en ejercicio de la defensa de sus derechos. La protección alcanza incluso a los candidatos que no han sido electos como delegados o miembros de comisión directiva. Por eso, antes de sancionar a trabajador que forma parte del sindicato o es delegado, las empresas deben solicitar el retiro de esa protección. En este caso, se puede ver que la EPEC con el apoyo del gobierno de la provincia, pasó por encima de la legislación vigente y dispuso el despido a través de una resolución administrativa, que luego intentó hacer efectiva con un fallo judicial de primera instancia, sin esperar los eventuales recursos que en su defensa pudieran plantear los dirigentes o la entidad sindical.

La misma Ley de Asociaciones Sindicales, los convenios internacionales firmados por nuestro país y la Organización Internacional del Trabajo (OIT) tipifican lo ocurrido como “persecución sindical”.

Tiene además un componente de pena simbólica: quiénes quieren ser despedidos por EPEC son dirigentes sindicales y delegados, que gozan de protección especial. Esto permite inferir un mensaje de amedrentamiento para el resto de los trabajadores de la empresa respecto a la posibilidad de ejercer acciones en defensa de sus derechos.

Los dirigentes que EPEC quiere despedir además de Uguolini, Calderón y Altamirano, son Mario Enrique Sariago (secretario de Organización, el cuarto en la línea de mando de Luz y Fuerza), y Ulises Vladimir Montoya (vocal titular).

EPEC, primero rechazó la intimación de los trabajadores, y en una carta documento fechada el 10 de enero pasado, la gerenta de Asuntos Legales, Mariana Miseta, desestimó los planteos sindicales. “Se rechaza que la empresa y la suscripta hayan incurrido en conducta persecutorias, y obstaculizadoras de la actividad sindical”. Y agrega que las cesantías se originan en resoluciones judiciales y que no consta apelación alguna en las causas. El momento al que se refiere la asesora de la compañía, es enero, mes de feria judicial. Pese a que los abogados de la EPEC tomaron conocimiento de la nueva resolución judicial en los primeros días de febrero de 2020, no dieron marcha atrás con la decisión.

La gerenta de Asuntos Legales de EPEC, Mariana Miseta. (Foto Gentileza: El Doce TV).

La carta documento que enviaron los sindicalistas el pasado 12 de febrero y a la que accedió ENREDACCIÓN, reclama que “en el plazo de 48 horas deje sin efecto mi cesantía y toda medida que modifique mi situación laboral en la EPEC, como es el cumplimiento de pago de mis haberes de enero 2020”. También señala que la conducta de la empresa “es contraria a derecho, de absoluta mala fe y de persecución anti-sindical”.

Dicen luego que “en virtud de la concesión del recurso de apelación con efecto suspensivo, la cesantía de mi puesto de trabajo por usted operativizada es improcedente e ilegal” y advierte que “formulo las intimaciones bajo apercibimiento de iniciar las acciones legales que correspondan ante el incumplimiento de esta resolución judicial”.

Ahora, los tres volvieron a sus puestos de trabajo.

Fuente: www.enredaccion.com.ar

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