La Justicia Laboral, en “terapia intensiva”

La Asociación Abogados del Fuero, que nuclea letrados de todo el país, relevó el impacto de las ferias judiciales y restricciones en el ámbito del Poder Judicial de la Nación (PJN). El termómetro constante de ello son las redes sociales como forma de interacción y de visibilidad de las complejidades cotidianas que los letrados denuncian estar padeciendo desde hace años, pero que se agravaron en forma preocupante desde el inicio del PASO / DISPO. La recolección de información fue sistematizada y, a raíz de ello, se fueron realizando peticiones a los distintas entidades (CNAT, CMN, CSJN), siempre en la búsqueda de mejorar el servicio esencial de justicia.

El Fuero Nacional del trabajo, en particular, y desde antes de la aparición de la pandemia lamentablemente imperante, se encontraba en un estado crítico, con un retraso en los tiempos judiciales que sinérgicamente se iban incrementando, pero falta de decisiones en tiempo oportuno y la escasez de recursos durante esta pandemia, la colocó en terapia intensiva.

Ya desde antes del COVID19, el Fuero contaba con muchos cargos de jueces vacantes, con muchos magistrados a cargo de dos juzgados, lo que claramente, y a pesar de algunos esfuerzos considerables, demoraban en forma dramática los expedientes, pero desde la aplicación de restricciones sin alternativas de solución, la demora se potenció a niveles inauditos.

“El promedio de un expediente judicial va de 5 a 8 años”

Desde la Asociación de Abogados del Fuero aseguran que hoy un expediente puede estar “frenado” en condiciones de pase a alegar (es decir con las pruebas concluidas) un año, y luego esperar otros dos más para el dictado de la sentencia de primera instancia. Los letrados lo llaman “tiempo muerto” justamente porque no se puede avanzar, esa demora tampoco será compensada al momento de dictar sentencia con una tasa que al menos empareje con la inflación acumulada en dicho período.

Las propias estadísticas de la Cámara Nacional del Trabajo, -que son leídas y analizadas por parte de la Asociación-, dan cuenta de ello. No hay muchos Juzgados y Salas que puedan decir que están al día (o con un retraso leve) en el dictado de sentencias. Son honrosas las excepciones. Pero lo más serio es que esas estadísticas públicas no muestran la realidad imperante, ya que en muchos casos el juzgado no pasa de etapa procesal el expediente, para disminuir artificialmente la cantidad de causas en condiciones de dictar sentencia y de esta forma “maquillar” el real estado de situación del organismo. Esa manipulación estadística, es evidente.

También es destacable la situación en materia de subrogancias, cuando las mismas se asignan a aquellos jueces cuyos propios juzgados -donde son titulares- no se encuentran al día.
Se deberían arbitrar las medidas necesarias para priorizar aquellos que sí lo están al momento de designar a los subrogantes.

Es decir, que desde la casuística se puede observar claramente como el promedio de duración de un expediente judicial hoy en el fuero laboral, donde se litiga sobre derechos de índole alimentaria (indemnizaciones por despido, accidentes, enfermedades, etc.), va de 5 (cinco) a 8 (ocho) años, dependiendo de la suerte de las partes al momento de sortear el expediente, ya que hay juzgados y salas que son más operativos que otros.

El dilema de las indemnizaciones para los trabajadores

Ese excesivo plazo para que un trabajador acceda a una indemnización, desvaloriza los créditos, llegándose a resultados donde el trabajador (y los letrados) perciban tan solo la quinta parte del poder adquisitivo del importe originalmente reclamado, aún si todos los rubros le fueran favorables. Ello pues el fuero ha decidido seguir aplicando una tasa de interés muy por debajo de la inflación acumulada promedio (salvo honrosas excepciones), en comunión al dilatado proceso judicial que se evidencia por lo anteriormente dicho, amalgamado a una inflación que hace años está por arriba del 40 %, hacen un combo de “Licuación de Créditos” insostenible y tremendamente injusto.

Por supuesto que en este mar, como siempre hay ganadores y perdedores, y ellos no lo son por derecho, sino por las garantías que le asegura el Poder Judicial de la Nación, garantizándole al deudor un lento caminar procesal, una sentencia demorada al extremo, y luego, si no le fue favorable, le dice: “no se preocupe, la tasa de interés que aquí aplicamos hace que pague menos que lo que hubiese pagado si cumplía con la ley”. En palabras de una destacada jurista nacional: “En Argentina la mora no apremia, sino que se premia”.

Cuando la Asociación de Abogados del Fuero habla de decisiones que nos llevaron a este presente, lo dice porque desde marzo 2020 continúan sin presencialidad, sin Mesa de entradas operativa, sin audiencias testimoniales en muchos de los juzgados, y “todo ello a pesar de los innumerables reclamos y presentaciones efectuadas alertando, dando ideas, proyectando, solicitando por parte de los letrados que nuclea la Asociación”, sostienen los letrados.

“A esta altura de los acontecimientos, cada juzgado debería contar con una mesa de entradas virtual donde las partes puedan evacuar sus dudas, inclusive con la vuelta a la presencialidad, se podría pensar en un sistema mixto. Ha pasado casi un año y medio y las autoridades no han dado una solución concreta respecto de la atención al público, pues algunos juzgados no atienden en persona, no atienden el teléfono, no contestan los correos electrónicos y nadie los sanciona”, agregan.

Además señalan “inadmisible” por parte de la Corte Suprema de la Nación, que cuenta con fondos anticíclicos que no aplica ni aún frente a tal envergadura de crisis y emergencia, que a la fecha no se transfiera suficiente tecnología a los juzgados como para que los proveídos frente al pedido de audiencia testimonial no sea “cuando haya posibilidades tecnológicas”.

Y añaden: “que a la fecha se hable de eventos masivos en CABA pero que los Juzgados estén cerrados al público, es no reconocer la necesidad de justicia que tiene la ciudadanía, y en especial los trabajadores. Entendemos todos que la crisis sanitaria que provocó el COVID – 19, requería normas de cuidado y protección tanto a los trabajadores judiciales, autoridades, comunidad jurídica en la que están inmerso los abogados, y ciudadanos en general, sin embargo consideramos que las arbitradas se limitaron a restringir, sin innovar adecuadamente en alternativas (aún desde las electrónicas) que permitan un avance procesal consistente.

Interrogantes y pedido de soluciones

¿Se pretende trabajar en reformas en el sistema LEX100 sin escuchar a los letrados, que somos operadores del sistema? ¿Saben las autoridades y la ciudadanía que hay Juzgados que no contestan tan siquiera los correos electrónicos? ¿No les alerta a los Juzgados y Cámaras la cantidad de pronto despachos que los letrados nos vemos obligados a presentar en expedientes que no registran movimientos por plazos superiores a los 6 meses? ¿No les denota la desesperación de los trabajadores la cantidad de causas que durante la pandemia se conciliaron, por supuesto en la gran mayoría de los casos siendo los trabajadores quienes resignaban dinero a cambio de no seguir esperando?. Estos son algunos de los interrogantes que se plantean desde la Asociación.

Sostienen que en el fuero del trabajo la mayoría de los expedientes en etapa de prueba están a la espera de audiencias testimoniales, que para colmo suele ser la prueba más importante de producir en una causa de índole laboral, y por tanto, se ha generado un cuello de botella que nos va a llevar muchos años poder drenar, si no se toman decisiones acordes.

“Maximiza aún más la situación imperante, que si proyectivamente vemos más empobrecida a la clase trabajadora, mayor será el nivel de reclamo, por lo que en los años venideros no podemos esperar que la judicialización decrezca, sino todo lo contrario, lo que generará indefectiblemente mayor impacto en los 80 Juzgados Nacionales del Trabajo y las 10 Salas, que es con lo que contamos como sociedad a nivel nacional para hacer justicia en materia laboral”, concluyen.

En ese marco, desde la Comisión Directiva de la Asociación Abogados del Fuero consideran que la situación dada es violatoria del bloque normativo que regula el trabajo decente y digno (art. 14 bis C.N. y art. 11 de la C.A.D.H.9), por eso reclaman soluciones, en nombre de los letrados y sus representados, que permitan que el Fuero Nacional del Trabajo haga justicia, porque “Justicia tardía no es Justicia, y más aún si se encuentra devaluada y restringida”.

Fuente: www.mundogremial.com