Ley Bases: Mientras al campo le saca las retenciones, a los trabajadores estatales les quita derechos

La reglamentación de la Ley Bases impone un régimen laboral precarizado, contrario a la legislación laboral y a los tratados internacionales. Los detalles de este nuevo atropello a los derechos de los trabajadores son abordados en esta nota por Federico Giuliani y la abogada María Marta Terragno.

La reciente reglamentación de la Ley Bases abre un horizonte de pérdida de derechos laborales para las y los trabajadores del Estado. La norma habilita un horizonte de continuidad de los conflictos existentes y de profundización de las graves situaciones que se afrontan  en cada lugar de trabajo en el Estado.

El Secretario General de ATE y la CTA Autónoma Córdoba, Federico Giuliani, fue lapidario: “La ley es inconstitucional porque avanza sobre el derecho a la estabilidad en el empleo público. Esta reglamentación cristaliza la flexibilización extrema en el Estado, no solo es una vuelta a los ’90 con el modelo de precarización, si no lo más parecido a un régimen de explotación de principios del Siglo XX”.

En tal sentido, el dirigente argumentó que la norma “demuestra qué rol del Estado pretende el Gobierno fascista de Milei. Porque el Estado va a seguir existiendo a pesar de lo que digan, porque todo lo que plantea Milei es un verso, en realidad lo que quiere es un Estado que sea un ente abstracto, una estructura que le garantice la acumulación y concentración de capital a los grupos minoritarios, en detrimento de un Estado donde las y los trabajadores tengan protagonismo para llevar políticas públicas en los territorios y así garantizar derechos a la comunidad en general que están reconocidos en la Constitución Nacional”.

Por eso, Giuliani evaluó que “va en contra de todas las legislaciones laborales y demuestra que el Estado chiquito que quiere el Gobierno de Milei va hacer posible la explosión de la Soberanía Nacional. Que el Estado no esté presente en los territorios federales y sea reducido a una APP, una aplicación, o un 0800, muestra la decisión política actual de atender solamente los requerimientos del AMBA. El Estado va a existir, plata hay y nuevamente los trabajadores volvemos a ser víctimas de un proceso de ajuste como ya lo vivimos con Martínez de Hoz en la dictadura, con el ‘Menemismo’ en los ’90 y con el ‘Macrismo’. Esta etapa nos lleva al desafío de pelear para sostener derechos conquistados”, sentenció.

Elementos jurídicos

Por su parte, la abogada de ATE Córdoba, María Martha Terragno, explicó detalles jurídicos de la medida que firmó Milei.

“Van a incorporar el trabajo ad honorem, cosa que está prohibido porque el trabajo es siempre pago. Es una figura absolutamente precarizadora de las relaciones de trabajo ya que expresamente consigna que ‘pueden existir personas que presten servicios de asesoramiento para el Estado y que por tal motivo no perciben remuneración alguna’. Aunque sí viáticos y estipendios de traslados, pero no remuneración. El trabajo no se presume gratuito con lo cual allí se incorpora una figura contraria a toda la legislación laboral, los tratados internacionales y que sin duda va a precarizar las relaciones de empleo”, apuntó la letrada.

Además, modifica el artículo 9 de la Ley Nacional de Empleo Público. “Prevé contratos transitorios o de planta no permanente, figura por la cual muchos compañeros y compañeras han estado contratados y fueron despedidos en esta ola de cesantías. Y suma menos condiciones para la contratación. Si bien establece que son contratos temporarios o estacionales, fija que son para realizar tareas complementarias cuando antes establecía más requisitos, como que esas tareas no pueden ser realizadas por personal de planta permanente o ponía un plazo para la contratación. En este caso no, se trata de una figura que abre un nuevo paradigma para la precarización de las relaciones laborales en el Estado”, alertó Terragno.

Por otro lado, en situaciones de disponibilidad “flexibiliza dichas condiciones, disminuyendo la indemnización, poniendo requisitos a las personas que no pueden ser puestas en disponibilidad, además de quienes gozan de la tutela sindical, los cupos por discapacidad o ex combatientes de Malvinas ya que expresamente no incluye otro tipos de cupos como son los establecidos para las personas travestis trans. Allí se patentiza un desprecio por las cuestiones de género”, concluyó la abogada de ATE.

Fuente: www.atecordoba.org