Monotributistas que cobraron los 10.000 pesos de emergencia también pueden obtener el crédito a tasa cero

El Gobierno había excluido del beneficio a este grupo, pero al extenderse la crisis decidió incluirlos. Paso a paso, cómo obtener el préstamo.

La resolución general 4707de la AFIP que habilita el trámite para que monotributistas y autónomos accedan a los créditos a tasa cero incluye como potenciales beneficiarios a los monotributistas de las categorías A y B, incluso a los que hayan cobrado el bono de Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) de $10.000.

En un principio, el Gobierno había excluido del beneficio a este último grupo, pero al extenderse la crisis por el coronavirus, decidió incluirlos en este programa de asistencia financiera.

La Administración Federal de Ingresos Públicos debe definir quienes son los contribuyentes que están calificados para acceder a ese préstamo con garantía del Estado por un monto equivalente al 25% de la facturación anual de la categoría en la que está inscripto con un límite de hasta $150.000. Se estima que el crédito abarca un potencial universo de 2,4 millones de personas que hayan tenido bajas en sus ingresos en el período que va del 12 de marzo al 12 de abril. Los contribuyentes que quieran este préstamo deben registrarse en la página web del organismo recaudador entre el 4 y el 29 de mayo.

En el anexo se destaca que los monotributistas A y B son candidatos al crédito a tasa cero siempre que cumplan con el resto de los requisitos (no trabajar en relación de dependencia ni ser jubilados, ni proveedores del Estado).

El anexo 6 a la resolución establece que para el crédito a tasa cero “en las estimaciones se incluyó como potencialmente elegibles a los monotributistas A y B que percibieron el IFE”, alrededor de 452.575 personas.

“Si bien esta población es ciertamente menos vulnerable que los trabajadores independientes informales, lejos está de estar “blindada” ante la pandemia. De ahí que ante la ausencia de ingresos laborales sea laborales, sea fundamental que el Estado, por la vía del crédito subsidiado y garantizado, facilite que estos trabajadores (y sus familias) puedan sostener un nivel de consumos básicos”, explica la resolución en sus considerandos.

Monotributistas que recibieron el IFE también podrán acceder a créditos a tasa cero

Paso a paso, como hacer el trámite en la página web de la AFIP

La flamante resolución general 4707 “crea el servicio web denominado “Crédito Tasa Cero”, en el marco del “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción – ATP”.

Los beneficiarios deberán ingresar al sitio web de la AFIP con Clave Fiscal habilitada con nivel de seguridad 2, como mínimo.

Será requisito para acceder al sistema mencionado, poseer Domicilio Fiscal Electrónico constituido.

Los pequeños contribuyentes y los trabajadores autónomos susceptibles de obtener el beneficio de “Crédito a Tasa Cero” deberán:

1) Ingresar, entre los días 4 y 29 de mayo de 2020, ambos inclusive, al servicio denominado “Crédito Tasa Cero”.

2) El sistema le indicará los montos mínimo y máximo del crédito susceptible de ser otorgado.

3) Ingresar el importe del crédito que solicita.

4) Ingresar, en caso de poseer, el número de la tarjeta de crédito bancaria a ser utilizada para esta operatoria.

5) En caso de no poseer tarjeta de crédito bancaria, informar la entidad bancaria de su elección para la tramitación del crédito correspondiente.La AFIP pondrá a disposición del Banco Central de la República Argentina la siguiente información:

a) El crédito susceptible de ser otorgado, conforme la solicitud del contribuyente, y

b) Los importes totales correspondientes los tres períodos fiscales con vencimiento posterior al otorgamiento del crédito, en concepto de:

b.1.impuesto integrado y cotizaciones previsionales, en los casos de pequeños contribuyentes, y

b.2. aportes previsionales, para los casos de trabajadores autónomos.

En caso de no resultar procedente, el sistema indicará al contribuyente los motivos por los cuales se deniega la solicitud.

6) Efectuado el otorgamiento del crédito por parte de la entidad bancaria, ésta adicionará, a cada una de las cuotas de desembolso, el monto equivalente a las obligaciones de tres períodos fiscales consecutivos.

7) La entidad bancaria realizará, en el mismo momento del desembolso de la cuota del crédito, el pago del “Volante Electrónico de Pago” correspondiente a cada uno de los períodos fiscales, en nombre del contribuyente.

8) Aquellos sujetos adheridos al débito automático deberán solicitar un stop debit por los períodos fiscales que se cancelen con esta modalidad.

¿Qué significa tomar un Crédito a Tasa Cero?

Significa que vas a tomar un crédito que no tendrá ningún costo para vos.

El Estado se hará cargo de pagar los intereses del crédito a los Bancos.

¿Cuáles son los requisitos que debo cumplir para poder pedir el Crédito a Tasa Cero?

– Estar inscripto en el Monotributo en cualquier categoría, desde la A a la K.

– No debes estar encuadrado en situación crediticia 3, 4, 5 o 6. En caso de varias situaciones crediticias informadas, se considerará la correspondiente al monto de deuda más alto. Es decir, no debes tener deudas con atraso en el pago de más de 90 días.

– No prestar servicios al sector público nacional, provincial o municipal por un importe superior al 70% de la facturación en el período 12/03 al 12/04/2020.

– No trabajar en relación de dependencia.

– No ser beneficiario de una jubilación. Podes ser beneficiario de una pensión.

– Que se haya verificado una disminución del monto de tu facturación electrónica del 12/03/2020 al 12/04/2020, de acuerdo con determinados parámetros.

– En el caso que la AFIP no cuente con la información de tu facturación electrónica del 12/03/2020 al 12/04/2020, tus compras no deben haber superado determinados parámetros.

– Tener constituido el Domicilio Fiscal Electrónico en la AFIP.

Fuente: www.iprofesional.com