Qué ocurre con la causa de Río Tercero, tras el fallecimiento de Carlos Menem

El ex Presidente, Carlos Menem, fallecido el domingo, era el único imputado que quedaba en la causa por el atentado contra la Fábrica Militar y debía afrontar un juicio, cuya primera audiencia se había fijado para el 24 de febrero.

El domingo pasado se cerró, con la muerte de Carlos Menem, el proceso judicial por la voladura, considerado un hecho “intencional”, un atentado, por el Tribunal Oral Número 2 de Córdoba, cuando condenó en 2014 a cuatro exmilitares, que en 1995 eran directivos de la industria y de la DGFM, por “estrago doloso agravado por la muerte de personas”.

El exmandatario era el único procesado que quedaba. Dicho tribunal de la capital provincial había fijado fecha para la prosecución de aquel juicio. Sería el 24 de febrero. Al quedar anulada una falta de mérito de una Cámara de Apelaciones de Córdoba, tras una presentación de la querella, había sido procesado nuevamente por el juez Carlos Ochoa.

Menem, debería haber afrontado dicho juicio como presunto “autor mediato” por el delito de “estrago doloso agravado por la muerte de personas”. La semana anterior, su abogado defensor había solicitado al Tribunal la suspensión del juicio por cuestiones de salud. El domingo, con su fallecimiento, se extinguió la acción penal en su contra y el proceso finaliza.

“Al no haber otro imputado, la causa contra Menem se cierra por sobreseimiento por fallecimiento, y el juicio no se realizará”, señaló a este sitio de noticias uno de los abogados de la querella, el riotercerense, Aukha Babero. El letrado, dijo: “Personalmente no me gusta festejar muertes, pero también creo que la muerte no reivindica”.

“La mayoría de los habitantes de Río Tercero,  y en especial los familiares de los asesinados, los mutilados y sus seres queridos, ya lo condenamos”, expresó. “La justicia no lo alcanzó con su mano lenta, deliberadamente lenta, pero tampoco él se dio el gusto de mostrar su sonrisa en las escalinatas de la absolución.”, sostuvo Barbero.

Barbero, junto a Horacio Viqueira y Ricardo Monner Sans, representaron a la querellante Ana Elba Gritti, viuda de Hoder Dalmasso, una de las personas fallecidas en la mañana del 3 de noviembre de 1995. La también abogada, había insistido ante la Justicia señalando que la voladura no era producto de un hecho fortuito. En 2011, tras una larga enfermedad, dejaba de existir. Serían sus hijas quienes proseguirían como querellantes penales.

Como está señalado, en el año 2014, el Tribunal Oral Número 2 de Córdoba, había dictado sentencia, condenando a cuatro ex militares, Jorge Cornejo Torino, Marcelo Gatto, Edberto González de la Vega y Carlos Franke, por el delito de “estrago doloso agravado por la muerte de personas”. Los dos primeros revestían al momento de los estallidos como director y jefe de producción, respectivamente, en la industria estatal. Los segundos, tenían cargos jerárquicos en la entonces Dirección General de Fabricaciones Militares (DGFM).

Los fundamentos sobre el “atentado”

Los jueces cordobeses, Carlos Julio Lascano, José María Pérez Villalobo y Mario Eugenio Garzón, en sus fundamentos, señalaban la intencionalidad de aquel hecho que generó la muerte de siete personas, más de 300 con diferentes heridas, y cuantiosos daños materiales, además del efecto de conmoción social que provocó en la comunidad. Indicaban: (…) Las conclusiones a las que hemos llegado en los apartados precedentes (…) nos han llevado inexorablemente al pleno convencimiento que se trató de un atentado explosivo provocado de modo intencional, organizado y direccionado, para concretar el móvil de lograr el ocultamiento de pruebas para la investigación del contrabando de material bélico y la consiguiente impunidad de sus autores y cómplices (…) 

Apuntaban además en las 1.046 carillas: (…) Estamos convencidos que los elementos probatorios arrimados al juicio permiten asegurar con total certeza que las personas –que no han podido ser identificadas durante los más de diecinueve años transcurridos- que prepararon los tambores para que más tarde, aproximadamente a las 9.00 horas, fuera provocada la voladura intencional de la FMRT, ingresaron a la Planta de Carga en la madrugada del 3 de noviembre de 1995 sin ser advertidos por los empleados de la guardia de la Portería nº 1 –por la cual ingresaba el personal civil de la FMRT-, porque pudieron haberlo hecho por la Portería nº 3 que era por donde ingresaban los militares (…) sin necesidad de ser controlados, individualizados o registrados. En ese sentido señalaban que para eso hubiera ocurrido, se había establecido una “zona liberada” para hacerlo.

Aludían a la estructura estatal para perpetrar lo sucedido en aquel 1995, citando (…) la cadena jerárquica de mando, en la transmisión de las órdenes y directivas impartidas desde el vértice del aparato piramidal del Estado nacional, para poner en marcha la ejecución del plan criminal y corrupto del contrabando de material bélico con destino a Croacia y Ecuador; al descubrirse tales maniobras ilícitas, actuando con elevado nivel de impunidad, organizaron el estrago intencional contra la FMRT, con un lamentable resultado de siete personas fallecidas, varios heridos de distinta consideración y cuantiosos perjuicios materiales y morales para una población civil inocente e indefensa, motivados únicamente por la abyecta finalidad de hacer desaparecer pruebas en su contra y lograr así desvincularse de las investigaciones judiciales que se llevaban adelante (…)

El juicio que no continuará y el final de la causa

Como está señalado, el juicio, tras el fallecimiento del exmandatario, no continuará, al no haber otros procesados. Se cierra una causa que se inició hace más de 25 años, con diferentes interrogantes, como por ejemplo, los planteados por los magistrados del Tribunal Oral Número 2 en sus fundamentos de aquel proceso oral de 2014.

El fiscal Federal Carlos Gonella, quien elevó la causa a juicio y debía sostener la acusación en el proceso de enjuiciamiento, manifestó a la Agencia Oficial Télam que el fallecimiento de Menem implica la “extinción de la acción penal y sobreseimiento por muerte”. “Menem era la única persona que faltaba juzgar”, y con su muerte “se cierra el ciclo judicial penal por los tristes hechos por las voladuras” de la Fábrica Militar, dijo Gonella.

Señaló que en el proceso “se pretendía determinar si Menem dio alguna orden, consentimiento o acompañamiento con lo que luego terminó en la explosión” de la FMRT. “Hubiese sido ideal escucharlo, que se defienda y la justicia se expida. Lamentablemente quedó inconclusa”, reflexionó el fiscal federal.

Al igual que su colega Barbero de Río Tercero, el otro abogado de la querella, Horacio Viqueira, también en diálogo con Télam, señaló que, con el deceso de Menem, “se cierra el proceso judicial y deja sensaciones contradictorias después de mucha lucha en el plano judicial y social para llegar al esclarecimiento”.

Consideró “lamentable” la actuación de la Justicia que “dilató desmedidamente el proceso judicial”, lo que “dificultó e impidió que se identificará más autores y participes del brutal hecho”.

“Mucha gente ha quedado impune por los encubrimientos desde el primer momento, con el discurso oficial instalado en los medios”, sostuvo Viqueira. En tanto, afirmó que “con la hipótesis de que fue un accidente, plantaron líneas investigativas que desviaron la investigación para evitar llegar a la verdad”.

Fuente: www.3rionoticias.com.ar