Reforma Laboral y Fondo de Cese: Sin indemnizaciones ni derechos

El Sindicato de Trabajadores de la Construcción (SITRAIC-CTAA) difundió la siguiente declaración:
“Todos los días podemos escuchar en los medios y leer en portales informativos que varios candidatos a Presidente hablan de efectuar una reforma laboral. Algunos se refieren a la misma como ‘modernización laboral’ o ‘adecuación normativa’, pero en cualquiera de esos casos se están refiriendo, lisa y llanamente, a una Reforma Laboral con todas las letras.
“En general, las reformas propuestas se relacionan en mayor medida al sistema indemnizatorio, y en menor medida, a la pérdida de otros derechos individuales y colectivos, como por ejemplo, la ultraactividad de los convenios colectivos de trabajo.
“Frente a ésta situación, los trabajadores de la industria de la construcción tenemos algunas cosas que decir:
“No somos las trabajadoras y los trabajadores los responsables de la caótica situación del país.
“No generamos la inflación, ni el endeudamiento, ni la corrida del dólar, ni el 50 por ciento de pobreza, ni el desempleo, ni el trabajo en negro.
“Nada de esto lo generamos ni somos responsables, aún así quieren adjudicarle a los trabajadores la responsabilidad de todo ello.
“Por eso proponen quitarnos nuestros derechos, para según ellos, bajar la inflación, el endeudamiento, estabilizar el dólar, bajar la pobreza, generar más empleo y bajar el índice de trabajo no registrado. Esas consignas son falsas.
“Para eliminar las indemnizaciones, proponen adoptar el sistema del estatuto de los trabajadores de la Industria de la Construcción, llamado en los medios como “sistema UOCRA”. Se trata nada más y nada menos de la Ley 22.250.
“Y como trabajadores de la Industria de la Construcción, teniendo en cuenta que nos vemos afectados a ese sistema perverso e inconstitucional, somos palabra autorizada para hablar del mismo. En resumen, el Fondo de Cese Laboral, sustituye a las indemnizaciones de falta de preaviso y por despido (o antigüedad). En el sistema del Fondo de Cese Laboral no hay integración del mes de despido ni se utiliza para su cálculo la mejor remuneración mensual, normal y habitual devengada.
“Se calcula sobre diferentes porcentajes del sueldo que se cobra en dinero en efectivo y adicionales de convenio. Durante los primeros 12 meses de la relación laboral, el empleador debe depositar en una cuenta bancaria a nombre del trabajador, el 12% de las remuneraciones referidas en el párrafo precedente. A partir del mes 13 de la relación laboral, el empleador debe depositar el 8% de los salarios calculados de la forma indicada.
“Como podemos observar, a medida que el trabajador tiene más antigüedad, el aporte patronal es menor (pasa del 12 al 8 por ciento). Pero además, en tiempos de procesos inflacionarios (situación que casi siempre atraviesa nuestro país) cuando el trabajador tiene cuatro, cinco o más años de antigüedad, los importes depositados por el empleador del primer año, quedan prácticamente congelados, referenciados al salario que el trabajador percibió en esa época.
“Comparativamente con el mismo salario, un trabajador que cobra sus indemnizaciones en base a la actual ley de contrato de trabajo percibe alrededor de un entre 50 por ciento y un 70 por ciento más de dinero que un trabajador que percibe el fondo de cese laboral, que ahora quieren vendernos como la solución a todo.
“El sistema de la Ley 22.250 es claramente inconstitucional, ya que no cumple con el precepto constitucional de ‘protección contra el despido arbitrario contenido en el Art. 14 bis de la Constitución Nacional.
“Pero podemos decir aún más:
“Ese sistema genera contratos de trabajo altamente inestables, altos porcentajes de trabajo no registrado, bajísimos salarios, despidos arbitrarios y discriminatorios. En resumen, la Ley 22.250 es altamente desprotectoria. Esa ley nació en el año 1980 y lleva la firma del dictador asesino Jorge Rafael Videla. Su antecedente y predecesora, la Ley 17.258 del año 1967 también tiene origen de facto, ya que fue dictada por Onganía.
“No es casualidad que las leyes referidas al estatuto de los trabajadores de la Industria de la Construcción hayan sido dictadas por gobiernos de facto, ya que ello guarda relación con la condición de integrante del Batallón de Inteligencia del Ejército que posee el Secretario General de la UOCRA, Gerardo Martínez. Tampoco es casualidad que dichas leyes sean el resultado de negociaciones entre la UOCRA y la Cámara Argentina de la Construcción (o mejor dicho: Cámara Argentina de la Corrupción). No es casualidad porque la UOCRA es y ha sido siempre aliada y socia de la Cámara Argentina de la Construcción, socios para robarnos los derechos y los salarios a los trabajadores de la construcción. Y ahora, penosamente, ese sistema de explotación laboral quiere imponerse a la generalidad de los trabajadores y trabajadoras.
“El sistema que se pretende instrumentar, además posee severos vicios, como dijimos no genera empleo; promueve contratos inestables y precarios; alimenta el trabajo en negro; conlleva a la baja de salarios y a la pérdida de las diferentes categorías profesionales por achatamiento de las escalas salariales.
“En definitiva, un sistema legal que debió haber sido derogado por los gobiernos democráticos que transcurrieron en éstos 40 años de democracia, resulta ahora reforzado e intentan convencernos que es bueno. Bueno es para los empleadores, para bajar costos laborales, para someternos y precarizarnos.
“Desde el SITRAIC exigimos la derogación de la Ley 22.250 y advertimos a los trabajadores y trabajadoras de los riesgos de su implementación como norma general aplicables a todos los contratos de trabajo.
“Para enfrentar el ajuste; para garantizar salarios; contra la precarización; autonomía, movilización y organización; por un nuevo sindicalismo que no sea cómplice de la entrega; libertad y democracia sindical; 30 de agosto Plenario de Trabajadores en Remedios de Escalada”, finaliza la nota del SITRAIC-CTAA que conduce el compañero Víctor Grosi, Secretario de Interior de la CTA Autónoma.