Ley de Divorcio Vincular

Por Jesús Chirino*

En 1888, Argentina sancionó su primera Ley de Matrimonio Civil. Esta norma formó parte de un grupo de leyes laicas mediante las cuales el Estado asumió funciones que antes eran administradas por las instituciones eclesiásticas.

Allí se establece la indisolubilidad civil del vínculo, heredada del matrimonio sacramental, que fue sostenida hasta 1987. En esos casi 100 años varias veces se intentó establecer el divorcio vincular, entre los cuales se encuentra la corta vigencia del divorcio establecido en 1954, bajo la segunda Presidencia de Juan Domingo Perón, derogada dos años después por un gobierno de facto.

“Casémonos vía México, Paraguay”

En 1986, durante el gobierno de Raúl Alfonsín, lanzada la discusión acerca de la Ley de Divorcio Vincular, un cable de la agencia oficial Noticias Argentinas señaló que la aprobación de la misma “permitiría solucionar la situación de aproximadamente 1.200.000 personas en la Argentina, donde los hijos de los padres divorciados eran, en 1980, entre 413 mil y 570 mil, constatándose en los últimos 20 años un enorme aumento de las uniones de hecho”.

La demanda social acerca del tema era tan sentida que un popular grupo musical denominado “Suéter”, en su disco “20 caras bonitas”, de 1985, incluyó el tema “Vía México” cuya letra dice “No, no puedo casarme con vos// Porque ay, yo ya estoy casado// Y no existe separación legal.// Casémonos vía México,// Casémonos vía México, Paraguay”. Esa canción de Miguel Zavaleta estuvo entre las más escuchadas durante el 86, el debate sobre el divorcio estaba en la calle y  exponía que los sectores de mayores recursos podían casarse en el extranjero donde se les permitía divorciarse. A los pobres solo les quedaba la denominada “unión de hecho”.

Fuerte oposición de conservadores y sectores de la Iglesia Católica

Existieron varios proyectos de ley de divorcio, el que se concretó fue el del diputado radical José Bielicki. Pero el tema había despertado fuerte resistencia de los sectores conservadores que sostenían que se atacaba a la institución familiar. El último día de junio de 1986, ante declaraciones de muy fuerte tono por parte de autoridades de la Iglesia Católica, Carlos Auyero, presidente del Partido Demócrata Cristiano (PDC), señaló que lamentaba la “metodología aplicada por la Arquidiócesis de Buenos Aires y otros sectores de la Iglesia para realizar la defensa de la familia, tan inadecuada que arrastra a sus filas a la derecha autoritaria y procesista”. Esa Arquidiócesis había convocado a una marcha “en defensa de la familia y el matrimonio”. Los medios de prensa publicaron que hacía desde 1958 que las autoridades católicas no convocaban a una movilización que no fuera para actividades religiosas o pastorales. El antecedente era la convocatoria en el marco del debate por la libertad de enseñanza, durante la Presidencia de Arturo Frondizi.

El 6 de julio El Diario publicó el título “Sesenta mil personas en el acto en defensa de la familia y el matrimonio” realizado en la ciudad de Buenos Aires donde se relacionó el divorcio, o la separación de los padres, con la delincuencia juvenil, el consumo de drogas, la violencia y el abandono de la niñez. Pero acerca de la temática no existió una posición monolítica de parte de la Iglesia Católica. De hecho Justo Oscar Laguna, Obispo de Morón, en tono conciliador declaró: “El divorcio es un mal, pero es un mal para los católicos, y no podemos imponer en una sociedad plural una ley que toca a los católicos. Son los católicos los que tienen que cumplirla y no el resto”.

En Villa María, ese mismo 6 de julio, se realizó un acto con representantes de toda la Diócesis. El inicio del encuentro fue en la esquina de San Martín y Buenos Aires, luego siguió en el Salón de los Deportes donde monseñor Alfredo Guillermo Disandro habló de las diferencias dentro de su Iglesia. También remarcó que la familia debía ser defendida “de los vicios, pero puede ser disgregada a través de la ruptura de un vínculo que ella misma ha intentado mantener a pesar de todas las dificultades, con la fuerza de un sacramento”. En la ciudad se produjeron expresiones contrarias a la aprobación de la ley, pero el clima mayoritario parecía estar a favor de la misma.

La norma, discutida y aprobada en el Congreso, fue promulgada el 12 de junio de 1987 como Ley 23.515 modificando el Código Civil permitiendo la disolución de la unión matrimonial.

Divorcio y casamiento en la ciudad

El jueves 2 de julio de 1987, en la tapa de El Diario se publicó la noticia acerca del “primer divorcio en Villa María”. La nota a tres columnas, de seis renglones cada una, atravesó casi toda la portada del medio regional. El texto informativo puso en conocimiento de la ciudadanía que “tuvo lugar en Villa María la primera resolución sobre un pedido de transformación de separación personal a divorcio vincular, a más de una semana de vigencia de la nueva Ley de Matrimonio Civil”. Se aclara que el juez interviniente fue Jorge Walter González, quien dictaminó sobre un caso de separación que tenía dos años de tramitación.

La resolución se dio el martes 30 de junio. El artículo periodístico textualmente dice “la presentación a ese efecto fue hecha por un magistrado de la Justicia local, que pidió a El Diario no ser identificado, quien ha recuperado así su aptitud nupcial”.

En la página cinco de El Diario del sur de Córdoba, de la edición del 11 de julio de 1987, se publicó la noticia acerca del “…primer casamiento local de un divorciado”. El medio de prensa señala que el enlace fue protagonizado por Carlos Bautista Anselmo y Edith Lilian Daher que el día viernes anterior, al mediodía, dieron el sí en las oficinas del Registro Civil ante Domingo Matta, jefe de esa repartición estatal. La ceremonia fue sencilla, pero muy emotiva. La pareja estuvo acompañada por una veintena de familiares y amigos que llegaron a la principal oficina del Registro. En la participación a la ceremonia podía leerse que la pareja realizaba la invitación junto a sus hijos “Carlos Mario, Marisa, Gustavo y David”. El novio, de 57 años, comerciante de la ciudad que, según el artículo, llevaba tres décadas separado de su anterior esposa y “obtuvo el divorcio vincular  a través del doctor Sergio Caballero el 3 de julio”. Por su parte, la novia, de 48 años, era soltera. Luego de la ceremonia realizada en la calle Lisandro de la Torre, los concurrentes se dirigieron al barrio Santa Ana, más precisamente a la residencia de la pareja, que para entonces llevaba 24 años de compartir su vida. De esa convivencia habían nacido tres hijos, que presenciaron la ceremonia junto a la madre del novio. Este último tenía un hijo del matrimonio anterior, que vivía en el extranjero. Ante la prensa Anselmo dijo “esta alegría tendrían que presenciarla los que votaron en contra del divorcio vincular”.

La segunda sentencia de divorcio, bajo la Ley 23.515, en la ciudad fue producida por el juez Ramón Melitón Herrera, titular del Juzgado en lo Civil y Comercial, concedió aptitud nupcial a una pareja que estaba separada desde 1983. El vecino que, el 25 de junio, hizo la presentación fue Carlos Antonio Mirotti con el patrocinio de Antonio Iván Giacardi.

Atrás habían quedado posiciones como la del legislador peronista Arturo Jiménez Montilla, quien en el debate parlamentario dijo que el divorcio era el “cáncer de la sociedad”, o Alberto Medina, del Bloque 17 de Octubre de Buenos Aires, que recurrió a unas extrañas estadísticas y dijo que “el divorcio, entre otras cosas, aumenta la delincuencia juvenil, como lo demuestran los estudios efectuados en los Estados Unidos, donde el 90% de los delincuentes juveniles son hijos de padres divorciados”.

El voto de radicales, peronistas renovadores, bloquistas y otras parcialidades políticas permitieron que las clases populares accedieran a un derecho que tenían negado.

*Docente. Periodista. Secretario General de la Unión de Trabajadores de Estados Municipales (UTEM-CTA). Delegado Normalizador de la CTA Autónoma Regional Villa María

Fuente: www.eldiariocba.com.ar