¿El día laboral por la 4ª dosis está justificado? Sí

El Sindicato Joven CIS-CTA Autónoma de la provincia de Córdoba difundió la siguiente declaración en el marco de la campaña nacional de esta organización sindical de nuevo tipo para promover la formación de los trabajadores y trabajadoras de Comercio, Industria y Servicios acerca de sus derechos laborales.

“¿Por qué está justificado el día laboral por la 4ª dosis?
“Porque forma parte de un esquema vacunatorio obligatorio, tendiente a prevenir las consecuencias psicofísicas que implica contraer o estar expuesto al agente de riesgo SARS-CoV-2, por lo tanto está justificada la inasistencia del trabajador o trabajadora durante la jornada laboral que coincida con el día de aplicación de la vacuna destinada a generar inmunidad adquirida contra la COVID-19, sin que ello produzca la pérdida o disminución de sueldos, salarios o premios por este concepto.
“Además es un derecho para el trabajador y obligación para el empleador que se adopten las medidas tendientes a evitar los efectos perniciosos de las tareas penosas, riesgosas… así como también los derivados de ambientes insalubres… observando las disposiciones legales y reglamentarias pertinentes sobre higiene y seguridad en el trabajo.
“El trabajador podrá rehusar la prestación de trabajo, sin que ello le ocasione pérdida o disminución de la remuneración, si el mismo le fuera exigido en transgresión a tales condiciones, siempre que exista peligro inminente de daño o se hubiera configurado el incumplimiento de la obligación, mediante constitución en mora, o si habiendo el organismo competente declarado la insalubridad del lugar, el empleador no realizara los trabajos o proporcionara los elementos que dicha autoridad establezca. (Artículo sustituido por art. 1º de la Ley Nº 27.323 B.O. 15/12/2016)”.