En el recibo de sueldo deberá figurar la cifra de la devolución, lo cual se deberá repetir en octubre, al cobrar septiembre.
Según la modificación, el nuevo Mínimo no Imponible del salario bruto a partir del que se paga el impuesto quedó en 55.376 pesos para un trabajador soltero y en 70.274 pesos para un trabajador con cónyuge y dos hijos.
Por su parte, los autónomos recibirán una reducción del 50% en los anticipos que deben pagar el resto del año.
Fuente: www.ambito.com